Decreto N° 1.956

EmisorMrio. Infraestructura
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2015

DECRETO N° 1.956

Mendoza, 11 de noviembre de 2015

Visto el expediente 25-D-15-80293, en el cual se gestiona la aprobación de la nueva estructura tarifaria para el servicio de agua potable suministrado por el Operador denominado Cooperativa Rural de Servicios Públicos B° Coquimbito Ltda., del Departamento Maipú, Mendoza; y

CONSIDERANDO:

Que el marco legal vigente en lo relativo al servicio de agua potable, en el ámbito provincial, prescribe que "la fijación de las tarifas se realizará mediante decreto provincial a propuesta del Ente Provincial del Agua y de Saneamiento" (Artículo 24 de la Ley N° 6044).

Que el Operador citado ha presentado la propuesta para el incremento de la tarifa para el servicio mencionado.

Que a fojas 587/594 del expediente de la referencia se encuentra incorporado el Informe Económico N° 015-2015 de la Gerencia de Regulación Económica y Gestión Financiera del Ente Provincial del Agua y de Saneamiento en el que, en función del análisis económico y la auditoría de costos realizados, se sugiere la estructura tarifaria que le correspondería al servicio prestado por el Operador citado.

Que a fojas 595/596 del expediente antes citado rola el Informe Legal N° 012-03/15 del Ente Provincial del Agua y de Saneamiento en el que se sugiere aprobar el cuadro tarifario propuesto, para el Operador de que se trata.

Que a fojas 613/618 rola copia de la Resolución N° 048-2015 del Directorio del Ente Provincial del Agua y de Saneamiento, a través de la cual se propone la nueva estructura tarifaria para el servicio mencionado.

Que entre los objetivos previstos en la Ley N° 6044 y modificatorias, así como en el marco regulatorio, se encuentra el de "asegurar un Régimen Comercial y Tarifario razonable y equitativo" (Artículo 2°, Inciso 5) de la Ley 6044 y Artículo 3° Inciso e) del Anexo del Decreto N° 2223/94 y modificatorio N° 911/95).

Por lo expuesto, teniendo en cuenta lo dictaminado por la Asesoría Legal del Ministerio de

Infraestructura,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébese la nueva...

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