Decreto N° 1.916

EmisorMinisterio Economia, Infra. y Energ.
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2016

DECRETO N° 1.916

Mendoza, 28 de diciembre de 2016

Visto el expediente N° 2086-D-16-01283, en el cual el Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía gestiona la modificación de la Planta de Personal para posibilitar el cumplimiento de las Leyes Nros. 8716 y 8798 de incorporación a planta del personal que cumple funciones en la "Fundación COPROSA-MEN" (Comisión Provincial de Sanidad Animal Mendoza), mediante la creación de cargos dispuesta por el Artículo 33 de la Ley N° 8838; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 8716 se ratificó el Decreto N° 1954/13 de fecha 25 de octubre de 2013 y por Ley N° 8798 se ratificó el Decreto N° 779 de fecha 22 de mayo de 2015, los cuales homologaron las Actas Acuerdos que acordaron la incorporación a planta del personal que cumple funciones en la "Fundación COPROSA-MEN" (Comisión Provincial de Sanidad Animal Mendoza) y que presta servicios en los Programas Barreras Sanitarias de la Provincia, Ley Federal de Carnes y Planes Sanitarios;

Que es necesaria la creación de trece (13) cargos, utilizando la previsión del Artículo 33 de la Ley N° 8838;

Que para atender lo solicitado en las presentes actuaciones, es necesario adecuar la partida de personal a través de una modificación presupuestaria, la que no implica el incremento del gasto autorizado a nivel global, ni entorpecerá el normal funcionamiento del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía en el presente Ejercicio hasta el 31 de diciembre de 2016;

Por ello, en razón de lo solicitado e informado por la Subdirección de Recursos Humanos y por la Dirección General de Administración y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía a fojas 22/23 del expediente N° 2086-D-16-01283, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos , , 27, 28, 30 Inciso b) y 33 de la Ley N° 8838 y por los Artículos 1°, 9°, 10, 14 y 25 del Decreto Acuerdo Reglamentario N° 282/16,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Exceptúese el presente decreto del congelamiento de vacantes previsto en el Artículo 28 de la Ley N° 8838 y Artículo 10 del Decreto Acuerdo N° 282/16.

Artículo 3°

Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente año 2016 de la Administración Pública Provincial y créense en el Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación...

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