Decreto N° 1.879

EmisorMrio. de Gbno. Trabajo y Justicia
Fecha de la disposición21 de Diciembre de 2016

DECRETO N° 1.879

Mendoza, 21 de diciembre de 2016

Visto el Expediente N° 2508-D-2014-00108, por el cual se gestiona la jerarquización de diversos agentes del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia conforme lo establecen las Leyes Nros. 8712 y 8700; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 42 obran los antecedentes informados por la Subdirección de Recursos Humanos del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia con la nómina de los agentes que cumplirían con las condiciones establecidas en las citadas leyes;

Que por Ley N° 8712 se ratificó el Decreto N° 1624/13, por el cual se homologa el Acta Acuerdo celebrada el día 3 de mayo de 2013, mediante la cual se establece la recategorización de las actuales clases 001 y 002, en clase 003 desde el 1° de mayo de 2013;

Que en consecuencia, corresponde realizar una modificación presupuestaria en la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General Vigente Ejercicio 2016;

Que el costo que demande la solicitada jerarquización se cubrirá con lo generado por la renuncia de una Clase 075, según Decreto N° 285/16;

Que a fojas 78 obra el Visto Bueno de la Contaduría General de la Provincia del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que a fojas 85 y vta. obra el dictamen de Fiscalía de Estado;

Que a fojas 10 y 11 obra el dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia;

Por ello, conforme con lo dispuesto por los Artículos 8, 9 y 16 de la Ley N° 8838 - Presupuesto General Vigente año 2016 - y los Artículos 1 y 6 del Decreto-Acuerdo N° 282/16, Reglamentario de la misma.

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 2°

Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente año 2016 de la Administración Pública Provincial y transfiéranse al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión, los cargos y los agentes como se indican en Planilla Anexa II, que forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 3°

El ajuste dispuesto en el artículo anterior, no modifica el carácter de permanente, interino, licenciado, con retención del cargo o cualquier otra circunstancia en que se encuentren los agentes en la actualidad.

Artículo 4°

Reconózcanse a partir del 1° de mayo de 2013 y hasta el 30 de junio de 2015 a los agentes del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, indicados en Planilla Anexa II...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR