Decreto N° 1.809

EmisorMinisterio Economia, Infra. y Energ.
Fecha de la disposición12 de Diciembre de 2016

DECRETO N° 1.809

Mendoza, 12 de diciembre de 2016

Visto el expediente N° 960-D-2016-02370 en el cual se eleva para su aprobación el Convenio de Complementación celebrado entre el Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, la Municipalidad de Rivadavia y la Dirección General de Escuelas;

CONSIDERANDO:

Que el referido convenio tiene por objeto la realización de trabajos de refacción, mantenimiento y/o construcción de obras menores en las escuelas que se detallan en el Anexo I del mismo.

Que en tal sentido la mencionada comuna se compromete a proveer la mano de obra especializada, materiales, herramientas y maquinarias necesarias para los mencionados trabajos, por cuenta y orden del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, con la supervisión de los inspectores de la Subsecretaría de Infraestructura Social Básica.

Por ello, teniendo en cuenta lo previsto por el Artículo 3° inciso i) de la Ley 8830 y el dictamen legal emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía a fojas 21 y por Fiscalía de Estado a fojas 33/34;

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébese el Convenio de Complementación celebrado en fecha 03 de mayo de 2016 entre el Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, representado por su titular, Licenciado Enrique Andrés Vaquié, la Municipalidad de Rivadavia, representada por su Intendente, Señor Miguel Angel Ronco y la Dirección General de Escuelas, representada por su titular, Licenciado Jaime Correas. El citado instrumento integra la presente norma legal como Anexo, en fotocopia autenticada, constante de seis (06) fojas.

Artículo 3°

El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Economía, Infraestructura y Energía y de Gobierno, Trabajo y Justicia.

Artículo 4°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

ALFREDO V. CORNEJO

Enrique Andrés Vaquié

Dalmiro Garay Cueli

ANEXO

Convenio de Complementación entre el Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía y la Municipalidad de Rivadavia

Entre el Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, representado en este acto por el Señor Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, Licenciado Enrique Andrés Vaquié, D.N.I. N° 17.204.227, con domicilio especial en Casa de Gobierno 6° Piso, Ciudad, Mendoza, por una parte, en adelante denominado "EL MINISTERIO"; la Municipalidad de Rivadavia, representada en este acto por su Señor Intendente Miguel Angel Ronco, D.N.I. N° 10.599.223 con domicilio especial en calle Lavalle y Aristóbulo del Valle, Rivadavia, Mendoza, en adelante "LA MUNICIPALIDAD" y la "Dirección General de Escuelas", representada en este acto por el Señor Director General de Escuelas, Licenciado Jaime Correas, D.N.I. N° 14.667.844, en representación de los establecimientos educativos que serán intervenidos, se acuerda en celebrar el presente Convenio de complementación para la refacción, mantenimiento y construcción de obras menores en escuelas del Departamento de Rivadavia, el que se regirá por las siguientes cláusulas:

Cláusula Primera: Objeto y Monto

Cláusula Segunda: Obligaciones de las Partes

2.1. "DE LA MUNICIPALIDAD"

2.1.1. "LA MUNICIPALIDAD" se compromete por cuenta y orden del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía a proveer la mano de obra especializada, materiales, las herramientas y maquinarias necesarias, para los trabajos descriptos en la cláusula primera, con la supervisión de los inspectores de la Subsecretaría de Infraestructura Social Básica.

2.1.2. "LA MUNICIPALIDAD" realizará los trabajos por el sistema que estime conveniente, comprometiéndose a dar cumplimiento a los preceptos del Decreto Ley N° 4416/80 (de Obras Públicas) y su reglamentación. En todos los casos será responsable de las inspecciones y controles técnicos correspondientes, elaboración de los pliegos licitatorios, aprobación del proyecto conforme a la documentación técnica, pago de los trabajos, asumiendo toda responsabilidad por la ejecución y calidad de las obras sin que pueda responsabilizarse a "EL MINISTERIO" por tales causas. "LA...

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