Decreto N° 1.756

EmisorMinisterio Desarrollo Social y Der. Hum.
Fecha de la disposición 1 de Octubre de 2014

DECRETO N° 1.756

Mendoza, 1 de octubre de 2014

Visto el expediente 2693-D-2014-77739, en el cual el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, gestiona la modificación de la Planta de Personal para posibilitar la creación de los cargos dispuesta por el Art. 60 de la Ley N° 8701; y

CONSIDERANDO:

Que la creación de los cargos que se propicia se realiza en el marco de lo dispuesto por el Decreto N° 1640/10, prorrogado por Decreto-Acuerdo N° 3121/10, ratificado por Ley N° 8379, que acordó el cronograma de incorporación de personas con contratos de locación u otra modalidad de contratación, a la Planta de Personal Permanente.

Que resulta necesaria la creación de veintitrés (23) cargos, utilizando la previsión del Art. 60 -inc. a)- de la Ley N° 8701.

Que los cargos que se creen por el presente mecanismo quedan exceptuados del congelamiento de vacantes conforme lo disponen los Arts. 8 y 53 de la Ley N° 8701.

Que para atender lo solicitado en las presentes actuaciones, es necesario adecuar la partida de personal a través de una modificación presupuestaria, la que no implica el incremento del gasto autorizado a nivel global, ni entorpecerá el normal funcionamiento del Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, durante el presente Ejercicio, hasta el 31 de diciembre de 2014.

Por ello, en razón de lo solicitado, lo informado por la Oficina de Personal de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia y la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, de acuerdo con lo dispuesto por los Arts. 9, 56 -punto 2- y 60 -inc. a)- de la Ley N° 8701 -Presupuesto año 2014- y 1°, 28 y 47 del Decreto-Acuerdo N° 354/13, vigente por el Art. 79 de la Ley N° 8701,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 3°

Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente año 2014 de la Administración Pública Provincial y créense en el Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad Gestión, los cargos que se indican en la Planilla Anexa III que forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 4°

Los volantes de imputación preventiva de presupuesto y cargos, deberán incorporarse en la pieza administrativa de designación, previo a la emisión de la resolución.

Artículo 5°

Notifíquese el presente decreto a Contaduría General de la Provincia para su registración.

Artículo 6°

Lo dispuesto por el presente decreto, tendrá vigencia a partir de la fecha en que regirá la resolución de designación.

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