Decreto N° 1.742
Emisor | Ministerio Economia, Infra. y Energ. |
Fecha de la disposición | 1 de Diciembre de 2016 |
Mendoza, 1 de diciembre de 2016
Visto el Expediente N° 2200-D-16-01283, referido a las tarifas de riego agrícola y usuarios zona de montaña; y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Agricultura y Ganadería de la Provincia elevó a la Autoridad de Aplicación del servicio público de distribución de energía eléctrica (Secretaría de Servicios Públicos) un informe que da cuenta de la incidencia que las adecuaciones tarifarias han tenido sobre los productores rurales, en especial de la delicada situación de aquellos que riegan sus cultivos con agua de napas subterráneas. Indica que de continuar esta política tarifaria se pondría en riesgo la viabilidad económica de algunas explotaciones agrícolas.
Que en dicho informe también se proponen medidas que permitan superar paulatinamente la coyuntura actual generando, adicionalmente, mejoras en la eficiencia del uso de la energía vinculada al riego agrícola. En términos generales se propone reforzar los subsidios a las tarifas eléctricas de regantes de hasta 50 hectáreas en producción, en especial con sistemas de riego que realicen un uso energético intensivo o aquellos sin derecho a riego superficial; evitar el impacto de las tarifas sobre la estacionalidad propia de la actividad; establecer que sólo accederán al subsidio de riego agrícola aquellos regantes que implementen medidas concretas para el uso eficiente de la energía y del agua; así como instrumentar programas de asesoramiento a los productores rurales respecto de la correcta contratación del servicio eléctrico.
Que mediante Decreto 1569/09 y Res. 822/09 del ex Ministerio de Infraestructura Vivienda y Transporte oportunamente se establecieron niveles tarifarios específicos para aquellos usuarios beneficiarios del subsidio económico del Fondo Provincial Compensador de Tarifas eléctricas para riego agrícola con explotaciones agrícolas asentadas en los "oasis productivos" de la Provincia, de hasta 50 has implantadas. Las adecuaciones tarifarias dispuestas por Decreto 2573/15 y Res. 6/16 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación han distorsionado sensiblemente los niveles de subsidios que habían sido establecidas dejando a estos usuarios en condición de vulnerabilidad.
Que por todo lo expuesto, se impone arbitrar medidas urgentes tendientes a mitigar la incidencia que han tenido las adecuaciones tarifarias sobre los productores...
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