Decreto n° 1.694
Emisor | Ministerio de Ambiente y Obras Publicas |
Fecha de la disposición | 22 de Junio de 0005 |
DECRETO N° 1.694
Mendoza, 31 de agosto de 2004
Visto el expediente N° 6640-A-2004-05480, en el cual se eleva para su aprobación el Convenio celebrado entre el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, representado por el señor Ministro, Ingeniero Francisco Darío Morandini y el Fondo de Inversión y Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Social y Salud, representado por la Subsecretaría de Desarrollo Social de esa Jurisdicción, Licenciada Liliana Inés Mirábile, y
CONSIDERANDO:
Que por el referido convenio las partes acuerdan encarar acciones que permitan la implementación de proyectos de promoción e inclusión social a través de estrategias conjuntas de desarrollo.
Que asimismo el objeto del convenio cuya aprobación se gestiona es procurar la colaboración recíproca entre los firmantes, en el marco del Proyecto de Integración Social de Jóvenes Vulnerables del Gran Mendoza - Juntos, a fin de promover la inclusión educativa, social y laboral de trescientos (300) jóvenes de entre 14 y 30 años de edad en los Departamentos de Capital, Guaymallén, Las Heras, Maipú, Luján y Godoy Cruz de la Provincia de Mendoza.
Que por lo expuesto precedentemente el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas se compromete a entregar al Fondo de Inversión y Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Social y Salud, por única vez, trescientas (300) tarjetas para transporte (Mendobus Laboral)
Por lo expuesto y teniendo en cuenta lo dictaminado por la Asesoría Legal del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas,
EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA:
Apruébese el Convenio celebrado en fecha 31 de agosto del año 2004, entre el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, representado por el señor Ministro, Ingeniero Francisco Darío Morandini y el Fondo de Inversión y Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Social y Salud, representado por la Subsecretaría de Desarrollo Social de esa Jurisdicción, Licenciada Liliana Inés Mirábile, el que en fotocopia autenticada constante de dos (2) fojas integra la presente norma como Anexo.
El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Ambiente y Obras Públicas, de Desarrollo Social y de Salud.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
JULIO CESAR CLETO COBOS
Francisco Morandini
Ana María Gotusso
______
CONVENIO
Ministerio de Ambiente y Obras Públicas Fondo de Inversión y Desarrollo Social Gobierno de...
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