Decreto Nº 1.609 de 06 de Julio de 2006

La Plata, 6 de julio de 2006.

VISTO el expediente Nº 2.200-2.637/06, mediante el cual se tramita la aprobación del Acuerdo de Colaboración, celebrado entre el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el Foro Federal de Organismos Electorales Provinciales, y

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo de Colaboración, que obra a fojas 2/5, tiene por objeto sentar las bases necesarias para establecer canales de comunicación y coordinación institucional para la cooperación y asistencia técnica mutua entre ambas partes para la implementación de sistemas de voto electrónico;

Que atento a lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno (fs. 6) se procede al dictado del presente;

Que en uso de las facultades emergentes del artículo 144 proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires,

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1º Apruébase el Acuerdo de Colaboración, celebrado entre el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el Foro Federal de Organismos Electorales Provinciales, que se adjunta como Anexo I formando parte integrante del presente...

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