Decreto N° 1.605
Emisor | Mrio Cultura |
Fecha de la disposición | 22 de Septiembre de 2015 |
DECRETO N° 1.605
Mendoza, 22 de setiembre de 2015
Visto el Expediente N° 263-D-2015-18005; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 8738 de fecha 07 de octubre 2014, créase el "Coro de Niños Cantores de Mendoza", como Organismo dependiente del Ministerio de Cultura, o de la Repartición que en el futuro lo reemplace, quien será Autoridad de Aplicación de la presente ley;
Que resulta necesaria la reglamentación de la Ley antes mencionada para su efectiva vigencia, a fin de establecer el mecanismo que regule la actividad del Organismo artístico creado por la misma;
Por ello y conforme con las facultades conferidas por la legislación vigente;
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
El Coro Niños Cantores de Mendoza, dependerá de la Dirección de Desarrollo Cultural del Ministerio de Cultura de Mendoza o de la que haga de sus veces, siendo este último o la repartición que en su futuro lo reemplace la autoridad de aplicación de la Ley 8738.
Los niños y niñas que integren el Coro Niños Cantores de Mendoza serán seleccionados conforme a lo establecido por los artículos 2° y 12 de la Ley 8738, por el equipo artístico del organismo, organizando la selección de voces el Director Artístico del mismo.
El Director Artístico deberá contar con los antecedentes que se detallan en el artículo 5° de la Ley 8738, siendo designado por el Poder Ejecutivo a través de un concurso público abierto: Dicho concurso se llevará acabo de la siguiente manera:
Llamado a Concurso para la Cobertura del cargo de "Director Artístico del Coro Niños Cantores de Mendoza"
1- Objeto:
El presente llamado a concurso tiene como objeto la selección de postulantes para la cobertura del cargo de Director Artístico del Coro Niños Cantores de Mendoza, creado por Ley Provincial N° 8738.
2- Bases del Concurso:
Estarán disponibles para todo público y podrán ser consultadas en la Dirección de Desarrollo Cultural, dependiente del Ministerio de Cultura de la Provincia de Mendoza, a partir del día... de... de... Al momento de la inscripción, será entregada una copia de las bases a cada aspirante al cargo, juntamente con el listado de obras impuestas para dirigir en la prueba de oposición.
3- Publicación del Llamado:
Dictada que sea la Resolución de la convocatoria, la misma se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza y en los medios periodísticos públicos y privados del territorio provincial por el término de dos (2) días. La publicación contendrá como mínimo la norma legal en que se funda el llamado a concurso, el objeto del mismo, los requisitos, lugar y horarios de presentación de la inscripción, página web de consulta y la fecha límite para la recepción de las solicitudes de inscripción y carpeta de antecedentes.
4- Requisitos Generales:
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Ser argentino, nativo o naturalizado por opción.
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Mayor de edad.
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Acreditar aptitud psico-física para el cargo, mediante certificado médico expedido por facultativo de hospital público.
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Residir en la provincia de Mendoza.
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Acreditar certificado de buena conducta.
5- Requisitos Particulares - Perfil de Aptitud y Conocimiento:
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Currículum Vitae.
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Propuesta de...
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