Decreto N° 1.411
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 26 de Agosto de 2015 |
Mendoza, 26 de agosto de 2015
Visto el expediente 3911-D-15-77770, en el cual se solicita la ratificación del Convenio Marco para la implementación del "Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública II" (FESP II), celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el Sr. Ministro de Salud Dr. Juan Luis Manzur y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Gobernador Dr. Francisco Pérez, con el objeto de brindar apoyo en la implementación exitosa de estrategias de intervención orientadas a aumentar la cobertura, gobernanza, eficiencia e infraestructura de salud pública y reducir la exposición de la población a factores de riesgo asociados con enfermedades no transmisibles y una estrecha coordinación entre los niveles federal, provincial y local.
Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y en virtud a lo establecido por el Arts. 2° incs. a) y d), 18 y 19 de la Ley N° 8637.
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Ratifíquese el Convenio Marco para la implementación del "Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública II" (FESP II), celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el Sr. Ministro de Salud Dr. Juan Luis Manzur y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Gobernador Dr. Francisco Pérez, con el objeto de brindar apoyo en la implementación exitosa de estrategias de intervención orientadas a aumentar la cobertura, gobernanza, eficiencia e infraestructura de salud pública y reducir la exposición de la población a factores de riesgo asociados con enfermedades no transmisibles y una estrecha coordinación entre los niveles federal, provincial y local, el que en fotocopia autenticada como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
FRANCISCO HUMBERTO PEREZ
Oscar E. Renna
ANEXO
Convenio Marco
Versión 01.3
10 de noviembre de 2010
Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de Salud
Pública II (FESP II)
Convenio Marco
Antecedentes
El Ministerio de Salud de la Nación (MSN) en su rol de garante final de la salud de la población y en consulta permanente con las provincias, a través del COFESA, acordó avanzar en la perspectiva de las Funciones Esenciales de Salud Pública (FESP), fortaleciendo la Rectoría Nacional a partir de un conjunto de enfermedades y programas seleccionados, identificados en el marco de la prevención de riesgo global de las enfermedades crónicas, en base a su costo - efectividad y a su impacto en la carga de muerte y enfermedad de la población argentina.
En este contexto, se formuló el Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública II (FESP II), en adelante el PROYECTO, el que brindará apoyo en la implementación exitosa de estrategias de intervención orientadas a aumentar la cobertura, gobernanza, eficiencia e infraestructura de salud pública de siete programas federales de salud pública seleccionados, y reducir la exposición de la población a factores de riesgo seleccionados asociados con enfermedades no transmisibles y una estrecha coordinación entre los niveles federal, provincial y local.
Para el logro de estos objetivos el Proyecto realizará las siguientes acciones: a) Fortalecer a la Autoridad Nacional en su rol de rectoría mediante el apoyo al sistema de vigilancia epidemiológica, la red de laboratorios, la investigación en Salud Pública y la profundización del enfoque de la salud basada en la prevención y promoción. b) Fortalecer a la Autoridad Nacional en su capacidad normativa y regulatoria y en la implementación de las Funciones Esenciales de Salud Pública que permitan conducir adecuadamente los Programas Nacionales comprendidos en el Proyecto. c) Desarrollar y fortalecer la infraestructura federal e intersectorial necesaria para promover una adecuada rectoría e implementación de los Programas priorizados. d) Promover la adecuada implementación y prestación de los grupos de enfermedades y programas priorizados a nivel de las Provincias con calidad, equidad, eficiencia y adaptación cultural a las comunidades indígenas de cada provincia. e) Fortalecer la promoción de la salud, comunicación social, hábitos de vida saludables y participación social, con la finalidad de reducir el riesgo de exposición a enfermedades y los daños producidos por factores de riesgo. f) Incorporar cambios en la gestión de los Programas de Salud Pública, favoreciendo las economías de escala, aumentando la importancia y visibilidad de los resultados en la gestión de los programas e integrando la prestación de los mismos a nivel local. g) Apoyar financieramente al Ministerio de Salud de la Nación, para asegurar la disponibilidad de insumos de calidad en la implementación de los grupos de enfermedades y programas priorizados.
Con fecha 20 de diciembre de 2010, el Directorio del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) aprobó el préstamo para financiar el "Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública II (FESP II). Mediante la sanción del Decreto N° 263/2011, el Poder Ejecutivo Nacional procedió a aprobar el Convenio de Préstamo a suscribir con el Banco. El día 11 de abril de 2011 el Convenio de Préstamo BIRF N° 7993-AR fue suscripto entre la Nación Argentina y el BIRF cuya fecha de cierre está acordada para el 31 de diciembre de 2015.
Con fecha 26 de agosto del año 2010 la PROVINCIA ha manifestado su interés de participar en el Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública II (FESP II) a través de una Carta de Adhesión por la que solicita su incorporación al mismo.
Este Convenio rige la participación de la Provincia de Mendoza y la relación de ésta con la Nación para el presente PROYECTO.
Definiciones
A los efectos del presente Convenio se establecen las siguientes definiciones:
Concepto
Significado
AEC
Auditoría Externa Concurrente
AIF
Asociación Internacional de Fomento
AGN
Auditoría General de la Nación
ANAHI
Programa de Apoyo Nacional de Acciones Humanitarias
para Poblaciones Indígenas
ANLIS
Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de
Salud
ARV
Antirretrovirales
ASP
Actividades de Salud Pública
BIRF
Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento
BSL II
Laboratorios de Seguridad Biológica (Nivel II)
BSL III
Laboratorios de Seguridad Biológica (Nivel III)
COFESA
Consejo Federal de Salud
CPPE-SLP
Conjunto Priorizado de Programas Esenciales de la
Salud Pública
CR
Costo Reembolsable
DINESA
Dirección Nacional de Emergencias Sanitarias
DDJJ
Declaración Jurada de la Provincia
Estrategia
Tratamiento Abreviado Estrictamente Supervisado
DOTS/TAES
FESP
Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública
FESP I
Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de
Salud Pública - FESP (BIRF 7412)
HSH
Hombres que tienen sexo con hombres
INE
Instituto Nacional de Epidemiología "Dr. Juan Jara"
INEI
Instituto Nacional de Enfermedades Infecciosas
INER
Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias
Dr. Emilio Coni
INEVH
Instituto Nacional de Enfermedades Virales Humanas
"Dr. Julio Maiztegui"
ITT
Infecciones Transmisibles por Transfusión
IUFR
Reporte Financiero Interino no Auditado
LPI
Licitación Pública Internacional
LNR
Laboratorio Nacional de Referencia
MCS
Programa Nacional de Municipios y Comunidades
Saludables
MPEA
Marco de Planificación de Evaluación Ambiental
MPPI
Marco de Planificación para Poblaciones Indígenas
MR
Multiresistente
MSN
Ministerio de Salud de la Nación
MSP
Ministerio de Salud de la Provincia u organismo
equivalente
MO
Manual Operativo
NO
No Objeción del BIRF
ODM
Objetivos de Desarrollo del Milenio
OMS
Organización Mundial de la Salud
ONC
Oficina Nacional de Contrataciones
OPS
Organización Panamericana de la Salud
OSCs
Organizaciones de la Sociedad Civil
PAI/PNEI
Programa Nacional de Enfermedades
Inmunoprevenibles
PAF
Plan de Acción Fiduciario
PFS
Plan Federal de Salud
PNSS
Programa Nacional de Sangre
PNSSyPR
Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación
Responsable
PNTBC
Programa Nacional de Tuberculosis
POA
Plan Operativo Anual
PPI
Plan Provincial de Poblaciones Indígenas
PPL
Personas Privadas de Libertad
PRESSEC
Programa de Especialización en Epidemiología de
Campo
PROFE
Programa Federal de Salud
PROVINCIAS
Todas las provincias del país y la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires
PTV
Prevención de la Transmisión Vertical el VIH
PVVS
Personas Viviendo con VIH/SIDA
RD
Recursos Disponibles
RES
Residuos hospitalarios o de establecimientos de salud
RIA
Revisión Inicial Ambiental
RNL TBC
Red Nacional de Laboratorios de Tuberculosis
RPG
Referentes Provinciales de Gestión del Proyecto
SBCC
Selección basada en Calidad y Costo
SEPA
Sistema de Ejecución de Planes de Adquisiciones
del Banco
SINAVE
Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica
SIVILA
Sistema de Vigilancia de Laboratorio
SNVS
Sistema Nacional de Vigilancia en Salud
SSF
Selección basada en Unica Fuente
SSMI
Sistema de Seguimiento y Monitoreo de Insumos
TBC
Tuberculosis
TDRs
Términos de Referencia
UC
Unidad de Coordinación del Proyecto
UFI-S
Unidad de Financiamiento Internacional de Salud
UNIDAS
Unidad de Monitoreo y Análisis de la Salud. Secretaría
de Medio Ambiente. Jefatura de Gabinete de Ministros
VIH SIDA /
Programa Nacional de Síndrome de Inmuno
ETS
Deficiencia Adquirida y Enfermedades de Transmisión
Sexual
VIGIA
Programa de Vigilancia de la Salud
Primera - Partes
Entre el Ministerio de Salud de la Nación (en adelante el MSN), representado por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Juan Luis Manzur, con domicilio en Avenida 9 de Julio N° 1925 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y por la otra parte el Gobierno de la Provincia de Mendoza (en adelante la PROVINCIA), representado por el Sr. Gobernador, Dr. Francisco Pérez, con domicilio en la Av. L. Peltier 351 de la ciudad de Mendoza, respectivamente, en adelante las...
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