Decreto N° 1.411

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición26 de Agosto de 2015

DECRETO N° 1.411

Mendoza, 26 de agosto de 2015

Visto el expediente 3911-D-15-77770, en el cual se solicita la ratificación del Convenio Marco para la implementación del "Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública II" (FESP II), celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el Sr. Ministro de Salud Dr. Juan Luis Manzur y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Gobernador Dr. Francisco Pérez, con el objeto de brindar apoyo en la implementación exitosa de estrategias de intervención orientadas a aumentar la cobertura, gobernanza, eficiencia e infraestructura de salud pública y reducir la exposición de la población a factores de riesgo asociados con enfermedades no transmisibles y una estrecha coordinación entre los niveles federal, provincial y local.

Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y en virtud a lo establecido por el Arts. 2° incs. a) y d), 18 y 19 de la Ley N° 8637.

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Ratifíquese el Convenio Marco para la implementación del "Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública II" (FESP II), celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el Sr. Ministro de Salud Dr. Juan Luis Manzur y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Gobernador Dr. Francisco Pérez, con el objeto de brindar apoyo en la implementación exitosa de estrategias de intervención orientadas a aumentar la cobertura, gobernanza, eficiencia e infraestructura de salud pública y reducir la exposición de la población a factores de riesgo asociados con enfermedades no transmisibles y una estrecha coordinación entre los niveles federal, provincial y local, el que en fotocopia autenticada como Anexo forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Oscar E. Renna

ANEXO

Anexo III

Convenio Marco

Versión 01.3

10 de noviembre de 2010

Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de Salud

Pública II (FESP II)

Convenio Marco

Antecedentes

El Ministerio de Salud de la Nación (MSN) en su rol de garante final de la salud de la población y en consulta permanente con las provincias, a través del COFESA, acordó avanzar en la perspectiva de las Funciones Esenciales de Salud Pública (FESP), fortaleciendo la Rectoría Nacional a partir de un conjunto de enfermedades y programas seleccionados, identificados en el marco de la prevención de riesgo global de las enfermedades crónicas, en base a su costo - efectividad y a su impacto en la carga de muerte y enfermedad de la población argentina.

En este contexto, se formuló el Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública II (FESP II), en adelante el PROYECTO, el que brindará apoyo en la implementación exitosa de estrategias de intervención orientadas a aumentar la cobertura, gobernanza, eficiencia e infraestructura de salud pública de siete programas federales de salud pública seleccionados, y reducir la exposición de la población a factores de riesgo seleccionados asociados con enfermedades no transmisibles y una estrecha coordinación entre los niveles federal, provincial y local.

Para el logro de estos objetivos el Proyecto realizará las siguientes acciones: a) Fortalecer a la Autoridad Nacional en su rol de rectoría mediante el apoyo al sistema de vigilancia epidemiológica, la red de laboratorios, la investigación en Salud Pública y la profundización del enfoque de la salud basada en la prevención y promoción. b) Fortalecer a la Autoridad Nacional en su capacidad normativa y regulatoria y en la implementación de las Funciones Esenciales de Salud Pública que permitan conducir adecuadamente los Programas Nacionales comprendidos en el Proyecto. c) Desarrollar y fortalecer la infraestructura federal e intersectorial necesaria para promover una adecuada rectoría e implementación de los Programas priorizados. d) Promover la adecuada implementación y prestación de los grupos de enfermedades y programas priorizados a nivel de las Provincias con calidad, equidad, eficiencia y adaptación cultural a las comunidades indígenas de cada provincia. e) Fortalecer la promoción de la salud, comunicación social, hábitos de vida saludables y participación social, con la finalidad de reducir el riesgo de exposición a enfermedades y los daños producidos por factores de riesgo. f) Incorporar cambios en la gestión de los Programas de Salud Pública, favoreciendo las economías de escala, aumentando la importancia y visibilidad de los resultados en la gestión de los programas e integrando la prestación de los mismos a nivel local. g) Apoyar financieramente al Ministerio de Salud de la Nación, para asegurar la disponibilidad de insumos de calidad en la implementación de los grupos de enfermedades y programas priorizados.

Con fecha 20 de diciembre de 2010, el Directorio del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) aprobó el préstamo para financiar el "Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública II (FESP II). Mediante la sanción del Decreto N° 263/2011, el Poder Ejecutivo Nacional procedió a aprobar el Convenio de Préstamo a suscribir con el Banco. El día 11 de abril de 2011 el Convenio de Préstamo BIRF N° 7993-AR fue suscripto entre la Nación Argentina y el BIRF cuya fecha de cierre está acordada para el 31 de diciembre de 2015.

Con fecha 26 de agosto del año 2010 la PROVINCIA ha manifestado su interés de participar en el Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública II (FESP II) a través de una Carta de Adhesión por la que solicita su incorporación al mismo.

Este Convenio rige la participación de la Provincia de Mendoza y la relación de ésta con la Nación para el presente PROYECTO.

Definiciones

A los efectos del presente Convenio se establecen las siguientes definiciones:

Concepto

Significado

AEC

Auditoría Externa Concurrente

AIF

Asociación Internacional de Fomento

AGN

Auditoría General de la Nación

ANAHI

Programa de Apoyo Nacional de Acciones Humanitarias

para Poblaciones Indígenas

ANLIS

Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de

Salud

ARV

Antirretrovirales

ASP

Actividades de Salud Pública

BIRF

Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento

BSL II

Laboratorios de Seguridad Biológica (Nivel II)

BSL III

Laboratorios de Seguridad Biológica (Nivel III)

COFESA

Consejo Federal de Salud

CPPE-SLP

Conjunto Priorizado de Programas Esenciales de la

Salud Pública

CR

Costo Reembolsable

DINESA

Dirección Nacional de Emergencias Sanitarias

DDJJ

Declaración Jurada de la Provincia

Estrategia

Tratamiento Abreviado Estrictamente Supervisado

DOTS/TAES

FESP

Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública

FESP I

Proyecto de Funciones Esenciales y Programas de

Salud Pública - FESP (BIRF 7412)

HSH

Hombres que tienen sexo con hombres

INE

Instituto Nacional de Epidemiología "Dr. Juan Jara"

INEI

Instituto Nacional de Enfermedades Infecciosas

INER

Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias

Dr. Emilio Coni

INEVH

Instituto Nacional de Enfermedades Virales Humanas

"Dr. Julio Maiztegui"

ITT

Infecciones Transmisibles por Transfusión

IUFR

Reporte Financiero Interino no Auditado

LPI

Licitación Pública Internacional

LNR

Laboratorio Nacional de Referencia

MCS

Programa Nacional de Municipios y Comunidades

Saludables

MPEA

Marco de Planificación de Evaluación Ambiental

MPPI

Marco de Planificación para Poblaciones Indígenas

MR

Multiresistente

MSN

Ministerio de Salud de la Nación

MSP

Ministerio de Salud de la Provincia u organismo

equivalente

MO

Manual Operativo

NO

No Objeción del BIRF

ODM

Objetivos de Desarrollo del Milenio

OMS

Organización Mundial de la Salud

ONC

Oficina Nacional de Contrataciones

OPS

Organización Panamericana de la Salud

OSCs

Organizaciones de la Sociedad Civil

PAI/PNEI

Programa Nacional de Enfermedades

Inmunoprevenibles

PAF

Plan de Acción Fiduciario

PFS

Plan Federal de Salud

PNSS

Programa Nacional de Sangre

PNSSyPR

Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación

Responsable

PNTBC

Programa Nacional de Tuberculosis

POA

Plan Operativo Anual

PPI

Plan Provincial de Poblaciones Indígenas

PPL

Personas Privadas de Libertad

PRESSEC

Programa de Especialización en Epidemiología de

Campo

PROFE

Programa Federal de Salud

PROVINCIAS

Todas las provincias del país y la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires

PTV

Prevención de la Transmisión Vertical el VIH

PVVS

Personas Viviendo con VIH/SIDA

RD

Recursos Disponibles

RES

Residuos hospitalarios o de establecimientos de salud

RIA

Revisión Inicial Ambiental

RNL TBC

Red Nacional de Laboratorios de Tuberculosis

RPG

Referentes Provinciales de Gestión del Proyecto

SBCC

Selección basada en Calidad y Costo

SEPA

Sistema de Ejecución de Planes de Adquisiciones

del Banco

SINAVE

Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica

SIVILA

Sistema de Vigilancia de Laboratorio

SNVS

Sistema Nacional de Vigilancia en Salud

SSF

Selección basada en Unica Fuente

SSMI

Sistema de Seguimiento y Monitoreo de Insumos

TBC

Tuberculosis

TDRs

Términos de Referencia

UC

Unidad de Coordinación del Proyecto

UFI-S

Unidad de Financiamiento Internacional de Salud

UNIDAS

Unidad de Monitoreo y Análisis de la Salud. Secretaría

de Medio Ambiente. Jefatura de Gabinete de Ministros

VIH – SIDA /

Programa Nacional de Síndrome de Inmuno

ETS

Deficiencia Adquirida y Enfermedades de Transmisión

Sexual

VIGIA

Programa de Vigilancia de la Salud

Primera - Partes

Entre el Ministerio de Salud de la Nación (en adelante el MSN), representado por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Juan Luis Manzur, con domicilio en Avenida 9 de Julio N° 1925 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y por la otra parte el Gobierno de la Provincia de Mendoza (en adelante la PROVINCIA), representado por el Sr. Gobernador, Dr. Francisco Pérez, con domicilio en la Av. L. Peltier 351 de la ciudad de Mendoza, respectivamente, en adelante las...

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