Decreto N° 1.392

EmisorMinisterio Desarrollo Social y Der. Hum.
Fecha de la disposición24 de Agosto de 2015

DECRETO N° 1.392

Mendoza, 24 de agosto de 2015

Visto el expediente 2367-D-2015-77762, en el cual se solicita la aprobación del Convenio de Ejecución - Plan Nacional de Seguridad Alimentaria - Abordaje Federal, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, representado por su titular, Prof. Cristian Pablo Bassin, por una parte y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por el Sr. Secretario de Economía Social, Dn. Carlos Alberto Vivero, por la otra, y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado convenio propicia el financiamiento de acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de personas en condición de vulnerabilidad social de la Provincia de Mendoza, en los términos del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, cuyo principal objetivo es garantizar la seguridad alimentaria de las familias afectadas, con una política alimentaria amplia a través de un proceso conjunto abordando lo educativo, lo laboral, la salud, entre los más importantes ejes, desde la participación de los actores involucrados en la misma.

Que el objeto del presente convenio está comprendido en los casos de excepciones –emergencia social– mencionados en el Art. 46 de la Ley N° 7314 y Decreto-Acuerdo N° 2279/11, reglamentario de la citada Ley.

Por ello, atento a lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos y de acuerdo a lo normado en el Art. 2°, inc. i), de la Ley N° 8637,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el Convenio de Ejecución - Plan Nacional de Seguridad Alimentaria - Abordaje Federal, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, representado por su titular, Prof. Cristian Pablo Bassin, por una parte y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por el Sr. Secretario de Economía Social, Dn. Carlos Alberto Vivero, por la otra, el que en fotocopia autenticada, como Anexo, forma parte integrante del presente decreto, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015, quedando a consideración y autorización de las nuevas autoridades Provinciales prorrogar el referido Convenio, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 3° del Decreto-Acuerdo N° 2279/11, Reglamentario del Art. 46° de la Ley N° 7314.

Artículo 2º

Establézcase que el gasto que demande a la Provincia, las cláusulas del convenio que se aprueba mediante el Art. 1° del presente decreto, será atendido por Tesorería del Fondo de Inversión y Desarrollo Social, con cargo a la siguiente partida del Presupuesto vigente año 2015:

U.G.Crédito: 397005 43104 000 U.G.Gasto: 396286

ArtícuIo 3º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Cristian Pablo Bassin

______

ANEXO

MINISTERIO

DE DESARROLLO SOCIAL

DE LA NACION

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

CONVENIO DE EJECUCION

PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA

ABORDAJE FEDERAL 2015

Entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado en este acto por el Sr. Secretario de Economía Social, Dn. Carlos Alberto Vivero, con domicilio en Avenida 9 de Julio 1925 –Piso 15– de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "El Ministerio"; y el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos de la Provincia de Mendoza, representado en este acto por el Sr. Ministro, Prof. Cristian Pablo Bassin con domicilio en Av. L. Peltier 351 de la Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, en adelante "La Provincia", se conviene lo siguiente:

• Objetivos

  1. El presente Acuerdo se suscribe a los efectos de financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de Personas en Condición de Vulnerabilidad Social localizadas en Jurisdicción de la Provincia de Mendoza, en los términos del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria; y teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 25.724, los Decretos PEN N° 1018 de fecha 28 de abril de 2003 y 901 de fecha 8 de octubre de 2003, la Ley 26.896, y la Resolución MDS N° 2040/03.

    Sus objetivos generales consisten en a) Garantizar la Seguridad alimentaria de las familias vulnerables de la Provincia de Mendoza; es decir, el derecho de todas las personas a una alimentación cultural, nutricionalmente apropiada, suficiente; y de los medios para su adecuada utilización, b) Desarrollar un cambio de paradigma de lo asistencial a lo promocional, con base en el derecho y en la seguridad alimentaria; c) Transitar un proceso conjunto de una política alimentaria amplia que aborde lo educativo, lo laboral, la salud entre los más importantes ejes, desde la participación de los actores involucrados en la misma.

    • Financiamiento

    y Cronograma de Pago

    Cronograma de Pago: Los fondos citados se transferirán en dos (2) desembolsos, a girar con arreglo al siguiente Cronograma de Pago:

    Nº de

    Importe

    Plazo máximo

    Porcentaje

    Desem-

    de Pago

    de rendición

    bolso

    de cuentas

    I

    11.145.000.-

    30 días desde la fir-

    ma de este Convenio.

    ----------------

    II

    11.145.000.-

    180 días posteriores

    a la recepción del

    50%

    1er. Desembolso.

    1er. desembolso

    Importe

    22.290.000.-

    total

    A los efectos de la transferencia del 2° desembolso, "El Ministerio" tendrá en cuenta el cumplimiento por parte de "La Provincia" de las...

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