Decreto n° 1

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición 8 de Enero de 0008

DECRETO Nº 1

Mendoza, 2 de enero de 2008

Visto el Expediente Nº 2503-M-07-01027 y que ha vencido la prórroga de la vigencia del régimen de participación municipal establecido por la Ley Nº 6396 y sus modificatorias, que fuera prevista por el artículo 108º de la Ley Nº 7650 hasta el 31 de diciembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer el tratamiento de las transferencias de fondos a los Municipios de la Provincia hasta tanto se sancione un nuevo régimen de participación o se disponga la prórroga del vigente al 31 de diciembre de 2007;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Autorícese al Ministerio de Hacienda a disponer la liquidación de fondos a los Municipios de la Provincia que les hubiera correspondido en concepto de participación municipal conforme al régimen que preveía la Ley Nº 6396 y sus modificatorias, prorrogada por las Leyes Nros. 6802, 6871, 7045, 7183, 7324, 7490 y 7650, hasta tanto se sancione un nuevo régimen de participación o se disponga la prórroga del vigente al 31 de diciembre de 2007.

Los fondos que se liquiden de acuerdo a lo dispuesto precedentemente se transferirán a los Municipios de la Provincia a cuenta de las participaciones de impuestos y regalías que les correspondiera en el presente ejercicio.

Artículo 2º

El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y de Gobierno, Justicia y...

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