Decreto n° 1.114

EmisorMinisterio de Economia
Fecha de la disposición29 de Junio de 0006

DECRETO N° 1.114

Mendoza, 9 de junio de 2006

Visto el expediente N° 263409 -D-2005-01409; en el cual se tramita la aprobación del Acta Acuerdo de Contralor de los Precios de Referencia del Sector Gas Licuado de Petróleo (GLP) y los precios y condiciones de la Garrafa Social, celebrada entre la Provincia de Mendoza y la Subsecretaría de Combustibles, dependiente de la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido por el Artículo 8° de la Ley Nacional N° 26020, la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, es la autoridad de aplicación del marco regulatorio de la industria y comercialización de gas licuado de petróleo (GLP) y podrá delegar en las Provincias el ejercicio de sus facultades mediante acuerdos particulares con cada una de ellas;

Que por Resoluciones Nros. 792/05 y 1071/05 de la citada Secretaría, se fijaron precios de referencia regionales para el Gas Licuado de Petróleo de uso doméstico;

Que de acuerdo con lo establecido en la Ley Nacional N° 26020 se celebró el Acta Acuerdo mediante la cual la Secretaría delega en la Provincia y esta acepta el ejercicio de las tareas de fiscalización y control técnico operativo del sistema de precios de referencia;

Que además, se establece que la Secretaría delega a la Provincia el cobro de las multas originadas en el ejercicio de las facultades conferidas a la misma, como aporte para solventar los gastos que el cumplimiento de las funciones de fiscalización y control demanden;

Que existe un vicio de falta de competencia leve en el acto de suscripción del Acta Acuerdo motivo de estas actuaciones (Artículo 57° de la Ley N° 3909), susceptible de enmienda mediante su ratificación por el órgano competente (Artículo 77° Inciso b, de la citada norma, legal con efectos retroactivos a la fecha de su suscripción.

Por ello y lo dictaminado por

las Asesorías Letradas de la Dirección de Fiscalización, Control y Defensa del Consumidor a fojas 16 y vuelta y del Ministerio de Economía a fojas. 18 y 22 del expediente N° 263409-D-2305-01409,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Ratifíquese todo lo actuado por la señora Directora de Fiscalización, Control y Defensa del Consumidor, Licenciada Mónica Lucero de Nofal, respecto del Acta Acuerdo suscripta en fecha 28 de febrero de 2006, que se aprueba por el artículo siguiente.

Artículo 2°

Ratifíquese el Acta Acuerdo suscripta en fecha 28 de febrero de 2006, entre la Provincia de Mendoza, representada por la señora Directora de Fiscalización, Control y Defensa del Consumidor, Licenciada Mónica Lucero de Nofal y la Subsecretaría de Combustible dependiente de la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, representada por su titular Licenciado Cristian Alberto Folgar, con el objeto y alcance que se exponen en el Artículo 1° de la misma y que en fotocopia certificada forma parte del presente decreto como Anexo.

Artículo 3°

Los recursos provenientes del cobro de las multas impuestas en virtud de la aplicación de la Ley Nacional N° 26020, se destinarán al cumplimiento de las funciones y facultades que se establecen por el Acta Acuerdo que se aprueba por el artículo anterior, según lo indicado en el considerando sexto de la Resolución N° 1461/05 de la Secretaría de Energía de la Nación y Artículos 1° Inciso d) y 4° del Acuerdo cuyo modelo la misma establece y lo dispuesto en el inciso d) del Artículo 18° de la Ley N° 7490 - Presupuesto Ejercicio 2006.

Artículo 4°

El presente decreto debe ser comunicado a la Honorable Legislatura Provincial.

Artículo 5°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOS

Laura Montero

________

ANEXO

Expte. Nº 263409-D-2005-01409

Decreto Nº 1114

ACTA ACUERDO DE CONTRALOR DE LOS PRECIOS DE REFERENCIA DEL SECTOR GAS LICUADO DE PETROLEO (GLP) Y LOS PRECIOS Y

CONDICIONES DE LA

GARRAFA SOCIAL.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 28 días del mes de febrero de 2006, se reúnen por una parte el Licenciado Cristian Alberto Folgar, en representación de la Subsecretaría de Combustibles, dependiente de la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en adelante la ¬ìSecretaría¬î, con domicilio en la Avenida Paseo Colón 171, piso 8°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y por la otra, la Lic. Mónica...

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