Decreto N° 1.028

EmisorMrio. Infraestructura
Fecha de la disposición24 de Junio de 2015

DECRETO N° 1.028

Mendoza, 24 de junio de 2015

Visto el expediente N° 2009-D-2015-30093, en el cual el Atlético Club San Martín, solicita el otorgamiento de un subsidio destinado a la terminación del hotel deportivo para jugadores, del playón deportivo, camarines, gimnasio y construcción del gimnasio profesional, en la citada entidad ubicado en calle Boulogne Sur Mer esquina Lavalle - Departamento General San Martín Mendoza; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/36, 39/74 y 77/79, de estas actuaciones se encuentra agregada la documentación necesaria para la percepción del subsidio tramitado.

Que a fojas 75 de este expediente, obra el correspondiente volante de imputación del gasto, debidamente intervenido por Contaduría General de Provincia.

Que resulta necesario aclarar que el Sistema de Inversión Pública está regulado en la Ley N° 8706 en la Sección IV, Capítulo I desde el Artículo 165 al 173. El Decreto Reglamentario N° 1000/2015 de dicha Ley, no ha reglamentado la referida Sección, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 197 de la misma, reglamentado por el Artículo 197 del citado Decreto, en tanto expresa "... Facúltase al Poder Ejecutivo a instrumentar gradualmente los términos y funcionalidades previstas para cada uno de los sistemas de la presente Ley. Su plena implementación dependerá en todos los casos de las disponibilidades financieras de la Provincia y en forma progresiva, no pudiendo superar los 6 meses desde su aplicación...".

Que por otra parte, dado que no se encuentra instrumentado el Sistema de Inversión Pública respecto del otorgamiento de subsidios, se aplican las disposiciones vigentes antes de la aplicación de la Ley N° 8706.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta lo previsto por el Decreto-Acuerdo N° 2074/03 y su similar N° 4096/07 y modificatorio y lo dictaminado por la Asesoría Legal del Ministerio de Infraestructura,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 2°

Establézcase que el Señor Alberto Javier Ortiz deberá rendir cuentas documentadas de los fondos recibidos en la Dirección General de Administración del Ministerio de...

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