Decreto N° 0371

Fecha de Entrada en Vigor23 de Marzo de 2017
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2017

DECRETO N° 0371

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

02 mar 2017

VISTO:

Los eventos hidro-meteorológicos extremos que se han observado en los últimos años tanto en nuestra región como así también en el resto del mundo, atribuidos al proceso global conocido como “Cambio Climático”, y;

CONSIDERANDO:

Que el proceso global aludido ha generado consecuencias devastadoras para nuestra población en los más diversos órdenes de la vida, superando las mayores previsiones en tanto en términos de políticas de infraestructura como de medidas no estructurales en los ámbitos legales e institucionales a todos los niveles del Estado;

Que resulta imprescindible identificar y diseñar estrategias acordes al nivel de importancia y dimensión que este fenómeno implica, considerando especialmente que, si bien su origen puede ser estudiado desde ciertas y determinadas disciplinas, sus efectos y, por lo tanto, las medidas para morigerarlos resultan de la mas variada índole en tanto y en cuanto es compleja nuestra realidad económica y social;

Que a nivel internacional se vienen desarrollando esfuerzos en este sentido, particularmente, el que refleja la trayectoria del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), avalado entre otros organismos por Naciones Unidas, resultando acertado seguir su ejemplo;

Que nuestra región en particular, y el país en general, cuenta con un importante número de expertos en las disciplinas que están involucradas en los fenómenos descriptos anteriormente, los que coordinados y potenciados adecuadamente, pueden ser de una invalorable asistencia al bien común en estos aspectos;

Que el Estado Provincial tiene entre sus responsabilidades el asegurar el derecho de la población a una vida segura, compatible con el Medio ambiente, y atendiendo a los desafíos que la naturaleza nos presenta;

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones que el artículo 72 inciso 1° de la Constitución Provincial le confieren al titular del Poder Ejecutivo;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°

Créase en el ámbito de la Poder Ejecutivo Provincial, la “COMISIÓN PROVINCIAL DE EXPERTOS EN CAMBIO CLIMÁTICO”, la que estará integrada por reconocidos profesionales, científicos y académicos versados en los temas específicos que hagan al estudio de dicho fenómeno y sus implicancias para la vida económica y social de nuestro pueblo, cuyo listado inicial obra en el Anexo I, que forma parte integrante del presente decisorio.

ARTÍCULO 2°

Establécese que la Coordinación Ejecutiva de la referida Comisión estará a cargo del...

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