Decreto Nº 0289

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Marzo de 2018
Fecha de la disposición 6 de Marzo de 2018

DECRETO Nº 0289

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

23/FEB/2018

VISTO:

El expediente N° 02001-0035303-3 del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.) por el cual se gestiona la creación de una “Unidad de prevención de la violencia institucional” en la órbita de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y;

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Nacional en su artículo 75° inciso 22 ha recepcionado una serie de instrumentos internacionales de Derechos Humanos otorgándoles jerarquía constitucional. En este sentido, la Convención Americana de Derechos Humanos establece en sus artículos y la obligación del Estado de respetar y garantizar los derechos fundamentales de todas las personas sujetas a su jurisdicción y de adoptar todas las medidas legislativas o de otro carácter que fueran necesarias para hacer efectivas tales derechos y libertades. En igual sentido, la Declaración Universal de Derechos Humanos establece en su artículo 26° que la educación debe tener como objetivo el fortalecimiento del respeto a los Derechos Humanos, favoreciendo la tolerancia y la comprensión, remarcando luego que las personas tienen derechos a que se establezca un orden social en que los derechos y libertades se hagan plenamente efectivos (Art. 28°). Asimismo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, obliga al Estado a adoptar medidas hasta el máximo de los recursos que disponga, para lograr progresivamente, por todos los medios apropiados, la plena efectividad de los derechos reconocidos en el Pacto (Art. 2°);

Que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos -organismo que tiene por función principal de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en el marco de la Convención Americana antes citada- en su “Informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos”, elaborado en el año 2009, convocó a los Estados miembros “a asumir el cumplimiento de sus obligaciones internacionales de protección y garantía de los derechos humanos en su relación con la seguridad ciudadana a partir del diseño e implementación de políticas públicas integrales, que desarrollen, en forma simultánea, acciones específicas y planes estratégicos en el plano operativo, normativo y preventivo. La CIDH recomienda generar la capacidad institucional en el sector público para el diseño y la ejecución de las acciones comprendidas en los planes y programas que componen la política pública sobre seguridad ciudadana, disponiendo los recursos humanos, técnicos y económicos adecuados. Estas políticas deben asegurar la gobernabilidad democrática de la seguridad ciudadana; deben ser sustentdbles con base a consensos políticos y sociales; y deben ser sometidas a evaluación y rendición de cuentas permanentes mediante mecanismos de control internos y externos que favorezcan la transparencia en el ejercicio de la función pública y combatan la impunidad y la corrupción”;

Que, la Comisión enuncia, además (con remisión al texto de la presentación del Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ante el Grupo Especial de Trabajo para Preparar la Primera Reunión de Ministros en Materia de Seguridad Pública de las Américas, Washington DC, 20 de junio de 2008), que “desde la perspectiva de los derechos humanos, cuando en la actualidad hablamos de seguridad no podemos limitarnos a la lucha contra la delincuencia, sino que estamos hablando de cómo crear un ambiente propicio y adecuado para la convivencia pacífica de las personas. Por ello, el concepto de seguridad debe poner mayor énfasis en el desarrollo de las labores de prevención y control de los factores que generan violencia e inseguridad, que en tareas meramente represivas o reactivas ante hechos consumados”;

Que, en el ámbito de la Provincia de Santa Fe, se ha procurado avanzar en cuanto al cumplimiento de los compromisos internacionalmente asumidos por el Estado Argentino y, tal marco, se han elaborado y efectuado avances normativos e institucionales directamente vinculados con la materia seguridad ciudadana, desde una perspectiva de derechos humanos;

Que, en tal sentido, entre los avances aludidos puede señalarse que en el año 2007 mediante la sanción, promulgación y publicación de la Ley N° 12.734 se aprobó el nuevo Código Procesal Penal de la Provincia, en virtud del cual se saldó una deuda histórica del Estado para con la sociedad, precediéndose al establecimiento de un nuevo esquema procesal de enjuiciamiento penal en la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a las pautas que la...

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