Decreto Nº 0212
Fecha de Entrada en Vigor | 6 de Marzo de 2018 |
Fecha de la disposición | 20 de Febrero de 2018 |
DECRETO Nº 0212
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
20 FEB 2018
VISTO:
El Expediente N° 00301-0069063-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes, la Ley N° 13.501 y el artículo 38 de la Ley N° 13.745; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley N° 13.501 autoriza al Poder Ejecutivo a emitir letras, pagarés o medios sucedáneos de pago y/o a realizar operaciones de financiamiento por un valor nominal en circulación de hasta $2.000.000.000 (PESOS DOS MIL MILLONES) o su equivalente en moneda extranjera;
Que el artículo 3º de dicha ley autoriza al Poder Ejecutivo a ceder en garantía recursos propios o provenientes del Régimen de Coparticipación Federal Ley N° 23.548 o el que en el futuro lo reemplace hasta la suma del monto indicado en el considerando anterior;
Que el artículo 5º autoriza al Poder Ejecutivo a dictar las normas complementarias que establezcan las formas o condiciones de la operatoria;
Que por otra parte, el artículo 48 de la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado N° 12.510 faculta al Poder Ejecutivo a emitir letras, pagarés o medios sucedáneos de pago cuyo reembolso se produzca dentro del ejercicio hasta el monto que para operaciones de corto plazo fije anualmente la Ley de Presupuesto;
Que mediante el artículo 38 de la Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio 2018 N° 13.745 se estableció en la suma de $1.600.000.000 (PESOS UN MIL SEISCIENTOS MILLONES) el monto aludido por el citado artículo 48 de la Ley N° 12.510;
Que asimismo, el artículo 40 de la Ley N° 13.745 autoriza al Poder Ejecutivo a ceder en garantía recursos de propia jurisdicción o provenientes del Régimen de Coparticipación Federal Ley N° 23.548 o el que en el futuro lo reemplace hasta el monto total autorizado en el citado artículo 38 de la misma ley;
Que a los efectos de dar a la operatoria la agilidad que la misma requiere se considera procedente facultar a los fines de su implementación así como la gestión de las autorizaciones necesarias al Ministerio de Economía;
Que a través de la Resolución del Ministerio de Economía N° 63/18 se áutorizó la firma del Contrato con el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para la prestación del servicio de organización del Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia de Santa Fe durante el año 2018.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Tesorería General de la Provincia, la Secretaría de Hacienda, el área legal de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría Legal y de Coordinación, todas del Ministerio de Economía;
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