Decreto Nº 0210

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Marzo de 2018
Fecha de la disposición20 de Febrero de 2018

DECRETO Nº 0210

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

20 FEB 2018

VISTO:

El Expediente N° 00320-0004895-3 del Registro del S.I.E. relacionado con la Política Salarial, para el personal de la Administración Pública Provincial; y

CONSIDERANDO:

Que por Acta Acuerdo N° 01/17 de la Comisión Paritaria Central, en la que se acordó la política salarial para el año 2017, se estableció que si el índice de Precios al Consumidor (IPC) confeccionado por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC) durante el año 2017 experimentaba una variación superior al incremento salarial total acordado (25%) se ajustarían automáticamente las remuneraciones en concordancia a dicho índice;

Que corresponde por tanto, y en cumplimiento de dicho acuerdo, modificar los salarios básicos de los agentes incluidos en el Escalafón Decreto-Acuerdo N° 2695/83, a partir del 1° de Enero del corriente año;

Que en concordancia con lo establecido precedentemente, se estima procedente la modificación de diversos conceptos que conforman el haber del agente, los que se encuentran detallados expresamente en el presente Decreto en el artículo 2°;

Que asimismo, resulta necesario fijar una nueva Asignación Básica Inicial para los Estatutos y Escalafones para el Personal de la Administración Provincial de Impuestos (Decreto N° 4447/92) y del Servicio de Catastro e Información Territorial (Decreto N° 201/95), estableciéndose también los nuevos montos del "Presentismo" para los referidos Escalafones;

Que resulta pertinente establecer para el Personal Superior Administrativo, Técnico y Profesional de Fiscalía de Estado, los salarios básicos del mes de Enero de 2018 según la Categoría en que revista el Agente;

Que deviene oportuno incrementar la parte fija de la Clase I para el personal comprendido en el Escalafón "Convenio 113/1994 — E" dependiente de la Administración Central;

Que consecuentemente, y para el mismo personal referido en el considerando anterior, corresponde trasladar dicho aumento a los demás conceptos no relacionados;

Que en éste marco, procede también el incremento al Sueldo Básico para los Agentes del Escalafón del Personal Talleres Gráficos Provinciales, a cuenta de lo que pudiere resolverse sobre el reclamo interpuesto por la representación sindical en sede judicial;

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º de la Ley N° 10174, se extiende a las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo los alcances de lo dispuesto por el presente Decreto para el Escalafón Decreto- Acuerdo N° 2695/83, trasladando en idéntica proporción la variación producida en la categoría correspondiente del citado Escalafón;

Que corresponde trasladar la modificación a la política salarial, definida en los considerandos precedentes, a los jubilados y pensionados de los sectores alcanzados por el presente, a través de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe;

Que conforme lo establecido por la Ley N° 6.915, y sus modificatorias, es procedente determinar un nuevo valor para el haber mínimo de las jubilaciones y pensiones;

Que deviene oportuno, por aplicación del artículo 2° de la Ley 10480, incrementar las pensiones de los beneficiarios de la Ley N° 5110;

Que se considera necesario fijar los nuevos topes mínimos y máximos para la compensación mensual "Falla de Caja";

Que resulta adecuado establecer los nuevos valores del viático diario establecido en el artículo 6° del Régimen de Comisiones y Servicios aprobado por Acta Paritaria N° 20/1989 y Homologada por Decreto N° 1745/89;

Que el presente instrumento se encuadra en las disposiciones contenidas en el artículo 72°, inciso 1° de la Constitución Provincial, no excediendo la autorización de gastos dada por la Ley Anual de Presupuesto N° 13.745;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR