Decreto Municipal Nro. 977 - DETERMÍNESE EL VALOR DE IMPRESIÓN DE BOLETAS, ELECCIONES PASO 2019.-

EmisorMunicipalidad de San Martin
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2019

Gral San Martín (Mza.), Marzo 29 de 2019.-

VISTO la convocatoria a elecciones P.A.S.O. municipales, convocada por Decreto del Ejecutivo Municipal N° 3494/2018 de fecha 10 de diciembre de 2018; y

CONSIDERANDO:

QUE conforme lo establece el artículo 3o de la Ley N° 8619 corresponde que el Departamento Ejecutivo asuma los costos de la elección municipal cuando es separada de la elección provincial;

QUE el artículo 2° ter de la Ley N° 7005, el Departamento Ejecutivo Municipal debe otorgar a las agrupaciones políticas que oficialicen precandidaturas y candidaturas para las elecciones municipales, los “recursos económicos” que le permitan imprimir el equivalente a una (1) boleta por elector registrado por boleta oficializada;

QUE a tales efectos corresponde, fijar el valor de cada cuerpo de boleta de doce centímetros por diecinueve centímetros (12 cm x 19 cm) para categorías de precandidatos municipales (intendente - concejales) a fin de determinar el aporte para impresión de boletas electorales prevista en la normativa referenciada, para lo cual se han realizado las consultas correspondientes;

QUE la Junta Electoral de la Provincia ha oficializado el listado de las agrupaciones políticas competirán en las elecciones municipales primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, que se detallan a fs. 13;

QUE el Departamento Ejecutivo Municipal, tiene facultades para realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para cumplir con sus obligaciones, conforme lo establece el artículo 2o ter de la Ley N° 7005;

QUE en el Boletín Oficial de la república Argentina N° 34.072 de fecha 12 de marzo de 2019 obra en su página 63 la Disposición N° 44/2019 de la Dirección Nacional Electoral dependiente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda que en su Artículo Io determina la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON VEINTICINCO centavos ($ 546.25) para el millar de boletas de doce centímetros por diecinueve centímetros (12 cm x 19 cm) como valor de referencia del aporte para la impresión de boletas electorales;

QUE como responsable de las elecciones P.A.S.O. y Generales departamentales de acuerdo al Decreto N° 455/2019 D.E, se entiende que el precio de referencia para impresión de las boletas de votación fijado por la disposición mencionada debe considerarse tanto para la elección P.A.S.O. departamental del 28 de abril de 2019 como para la Elección General departamental del 1 de setiembre de 2019;

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