Decreto Municipal Nro. 758 - ADHIERASE AL DECRETO PROVINCIAL 877/2020

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición17 de Julio de 2020

VISTO, la situación epidemiológica de la Provincia, en relación al Virus Covid-19 SarS-CoV2; el Decreto Provincial N° 877; y

CONSIDERANDO:

QUE, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 se amplió por el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el COVID-19.

QUE, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 se estableció una medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, que fue prorrogada sucesivamente por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20, 520/20 y 576/2020, hasta el 17 de julio de 2020, inclusive.

QUE, asimismo, en concordancia con las medidas adoptadas a nivel nacional, la Provincia de Mendoza ha dictado diversas normas con idénticos fines, cuya vigencia temporal se dispuso originalmente hasta el 31 de marzo de 2020, siendo prorrogadas sucesivamente hasta el 20 de julio por Decretos Acuerdo Nº 472/2020, Nº 512/2020, Nº 563/2020, Nº 612/2020, Nº 635/2020, Nº 657/2020, 698/2020, 700/2020, 815/2020 y 857/2020.

QUE, por Decreto Acuerdo Nº 700/2020 se dispuso la vigencia del "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" en el ámbito provincial, flexibilizando diversos aspectos vinculados con actividades y/o servicios regulados por decretos anteriores.

QUE, por Decreto Acuerdo Nº 775/2020 se establecieron límites a las salidas, reuniones y demás actividades autorizadas.

QUE, todas las medidas adoptadas como consecuencia de la pandemia, en tanto persiguen asegurar la salud de la población, están sujetas en su vigencia a la situación epidemiológica de la Provincia y del Departamento.

QUE, atento a que en la Provincia se ha comprobado el incremento de casos positivos del Virus Covid-19.

QUE, consecuentemente con ello se dispuso de un estado de "alerta sanitaria", materializado mediante el dictado del Decreto Acuerdo Nº 847/2020.

QUE, en virtud de la evolución y dinámica de la situación epidemiológica en general, se deben tomar decisiones versátiles, que garanticen y protejan derechos y garantías reconocidas en nuestra carta magna, en pos de los intereses de la comunidad de Malargüe.

QUE, considerando la relevancia de la actividad turística en nuestro departamento es necesario acompañar y permitir el turismo interno, limitado a los sectores de Los Molles y Las...

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