Decreto Municipal Nro. 734 - DECRETO Nº 734 FUNCIONAMINETO DE FERIAS

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2021

MENDOZA, 4 de mayo de 2021.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Decreto nacional 287/2.021 (B.O. 1.05.2021) se establecieron medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención, a fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 y su impacto sanitario, hasta el 21 de mayo de 2021, inclusive.

Que por Decreto Nº 555/2.021 (B.O. 3/05/2021) el gobierno provincial dispuso diversas medidas para evitar la propagación del virus en nuestra provincia.

Que entre estas medidas se encuentra la suspensión de las ferias en lugares públicos, estableciendo que las mismas solo podrán ser autorizadas por los Intendentes Municipales y con estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.

Que ante ello, corresponde autorizar el funcionamientos de ferias en espacios públicos en el ámbito de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza, con estricto cumplimiento de los protocolos aprobados por Resolución Nº 1744/2020 del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza (B.O. 18/08/2020), “PROTOCOLO PARA FERIAS DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y POPULAR – RUTA DE ARTESANOS Y EMPRENDEDORES MENDOCINOS” con más los requisitos que se incorporan en el presente Decreto.

Que cada solicitud deberá presentarse por escrito a través de Ventanilla Única municipal.

Que el permiso de uso del espacio público será autorizado en caso de corresponder por Jefatura de Gabinete, estando la actividad de control y fiscalización de cumplimiento a cargo de la Secretaría de Desarrollo Económico.

Por ello, y en uso de sus atribuciones;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MENDOZA

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1°

Autorícese en el ámbito de la Ciudad de Mendoza el funcionamiento de Ferias en espacios públicos al aire libre, bajo cumplimiento estricto de los protocolos aprobados por Resolución Nº 1744/2020 del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza (B.O. 18/08/2020), “PROTOCOLO PARA FERIAS DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y POPULAR – RUTA DE ARTESANOS Y EMPRENDEDORES MENDOCINOS” con más las disposiciones siguientes:

- Horario: Lunes a Sábados: 10 a 20 hs. / Domingos: 10 a 18 hs.

- Los clientes deberán respetar, de lunes a jueves, la terminación de D.N.I. según lo establecido en artículo 5º de Decreto provincial 555/2021.

- Máximo de puestos por espacio público: será determinado en cada oportunidad por Resolución de Jefatura de...

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