Decreto Municipal Nro. 576 - CONVOCATORIA ELECCIONES 2023 PASO Y GENERALES

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición 6 de Febrero de 2023

GODOY CRUZ, 06 de Febrero de 2022

VISTO:

Que conforme lo dispuesto por el Artículo 197º y ccs. de la Constitución Provincial y Ley Nº 1079, en fecha 04 de diciembre de 2023 concluye el mandato de los señores Concejales ALBERTO FABRICIO CUARANTA, ROSA VIRGINIA NOELIA SANTINO, CRISTIAN ALEJANDRO RAMO, LEONARDO HUGO MASTRANGELO, MARIA EMILIA MOLINA, y MARIA GABRIELA MALINAR, y en fecha 10 de Diciembre de 2023 del señor Intendente, Lic. TADEO GARCIA ZALAZAR; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Provincial Nº120/2023 (B.O. 03/02/2023) se dispuso la convocatoria al pueblo de la Provincia de Mendoza para que el día 11 de junio de 2023, proceda a elegir en Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O.), los candidatos a Gobernador y Vicegobernador, cuyos mandatos expiran el 09 de diciembre de 2023 y candidatos a Senadores y Diputados Provinciales, en reemplazo de los legisladores cuyos mandatos expiran en el presente período, conforme disposiciones de las Leyes 8619, 9375, sus modificatorias y demás normativa vigente.

Que asimismo convocó al pueblo de la Provincia de Mendoza para que el día 24 de septiembre de 2023, proceda a elegir en Elecciones Generales al Gobernador y Vicegobernador y Senadores y Diputados Provinciales conforme el sistema electoral establecido en el Artículo 120 de la Constitución de la Provincia de Mendoza, Ley Nº 2551, Ley Nº 9375, sus modificatorias y demás normativa vigente.

Que en su artículo 7º invitó a los Municipios de la Provincia de Mendoza, que a la fecha no hayan convocado a elecciones separadas de las provinciales, a adherir al llamado electoral, efectuando las convocatorias pertinentes para el 11 de junio de 2023 a los efectos de la realización de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O.) y el 24 de septiembre de 2023 para la realización de las Elecciones Generales destinadas a la elección de Intendente y renovación parcial de los integrantes de los Honorables Concejos Deliberantes de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 197 y 198 de la Constitución Provincial, Artículo 20 de la Ley Nº 2551, Artículo 3º de la Ley Nº 8619 y Artículo 105 de la Ley Nº 1079 Orgánica de Municipalidades.

Que este Departamento Ejecutivo considera pertinente adherir a dicha disposición, convocando a la realización de ambos comicios a fin de seleccionar a los candidatos a Intendente Municipal y...

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