Decreto Municipal Nro. 545 - EXPEDIENTE N° 47985/I/16 PROGRAMA DE SUSTITUCION PROGRESIVADE VEHICULOS DE TRACCIÓN ANIMAL

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición17 de Abril de 2017

VISTO:

Que mediante el expediente N° 47985/I/16, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la Ordenanza Nº 6612/16, que modifica la Ordenanza Municipal Nº 6357/14; y

CONSIDERANDO:

Que el objetivo general de las citadas Ordenanzas, es implementar un programa de sustitución progresiva de vehículos de tracción animal, como así también, el desarrollo de alternativas socioeconómicas para la población de Recuperadores Urbanos que desenvuelven sus actividades de recolección con este tipo de vehículos y que residan en el Departamento del Godoy Cruz,

Que, el Departamento Ejecutivo, a través del presente decreto, reglamenta la Ordenanza 6612/16, de conformidad con dispuesto por el Artículo 19° de la misma, ya que para poder efectivizar dicho programa, resulta necesario asignarle a las dependencias municipales correspondientes, las tareas necesarias para su concreción,

POR ELLO:

EL INTENDENTE DE GODOY CRUZ:DECRETA

ARTÍCULO 1°: REGLAMENTASE, la Ordenanza Nº 6612/16, modificatoria de la Ordenanza Municipal Municipal Nº 6357/14, a través de la cual se implementa el “Programa de Sustitución

Progresiva de Vehículos de Tracción Animal” y el desarrollo de alternativas socioeconómicas para la población de Recuperadores Urbanos que desenvuelven sus actividades de recolección con este tipo de vehículos y que residen en el Departamento de Godoy Cruz.

ARTÍCULO 2°: ASÍGNASE a las Direcciones mencionadas a continuación las siguientes tareas

  1. SECRETARÍA DE AMBIENTE, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

a. Dirección de Planificación Urbana y Ambiente.

  • Disponer que el lugar de atención permanente de los beneficiarios Recuperadores Urbanos será en calle Güemes 520, de Godoy Cruz, Dirección de Limpieza Urbana y Protección Ambiental, o, en el lugar que designe el Ejecutivo Municipal a tal efecto.
  • Colaborar en la disposición de áreas de trabajo. Se asignarán tres (3) puntos verdes (contenedores clasificadores de residuos urbanos) en diferentes zonas residenciales, comerciales, educativas y espacios verdes, una vez determinada su ubicación, se comunicará la misma a los Recuperadores Urbanos.
  • Realizar desde el Departamento de Ambiente, capacitaciones en Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, resaltando la valorización de los mismos y adoptando conceptos de separación, usos, reciclaje e identificación de materiales.
  • Asignar un (1) representante para atención permanente al Recuperador Urbano.
  • Disponer de Puntos de Transferencias para la recepción y el acopio de los residuos sólidos urbanos, mediante convenio específico entre la Municipalidad y una entidad privada dedicada al manejo de residuos, los que deberán ser notificados oportunamente a los Recuperadores Urbanos.
  • Dirección de Limpieza y Protección Ambiental
  • Integrar a los Recuperadores Urbanos en la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos.
  • Mantener en condiciones los Puntos de Transferencia.
  • Aplicar el protocolo de actuación ante casos de violencia animal, de acuerdo a las Ordenanzas vigentes al respecto.
  • Controlar a los carreteleros, tanto en los aspectos de las zonas de circulación, como de los materiales que transporta, de acuerdo a lo permitido según las Ordenanzas vigentes.
  • Garantizar el lugar donde se realizará el acopio, gestionando acuerdos o convenios con entidades y/o empresas del rubro, los que serán notificados oportunamente a los Recuperadores Urbanos.
  • Disponer de los equinos y los carros sustituidos.
  • Elevar al Comité Interjurisdiccional y/o Coordinación del Programa designado por el Ejecutivo, informes sobre faltas que hayan cometido los Recuperadores Urbanos.

B SECRETARÍA DE GOBIERNO

a Dirección...

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