Decreto Municipal Nro. 173 - DECRETO ORDENANZA TARIFARIA 2.020

EmisorMunicipalidad de Tunuyan
Fecha de la disposición 6 de Marzo de 2020

TUNUYÁN, MZA. 06 DE MARZO AÑO 2.020

VISTO la Ordenanza Nº 3072 de fecha 06 de Marzo de 2.020, emanada del Honorable Concejo Deliberante de Tunuyán y comunicada a este Departamento Ejecutivo el día 06-03-2.020, conforme consta en las actuaciones administrativas N° 2520/2020, y;

CONSIDERANDO el Proyecto de Ordenanza Tarifaria, año 2.020, remitido por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Tunuyán,

QUE el Honorable Concejo Deliberante de Tunuyán, ha realizado un pormenorizado análisis del Proyecto de Ordenanza Tarifaria 2.020. Es facultad del mismo, dictar Ordenanzas sobre contribuciones y servicios municipales, según el Artículo 73, Inc. 1 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 1.079.

QUE de acuerdo al análisis efectuado resulta que se modifica el Artículo 89°, Inc. 4, incorporando en cada punto las siguientes leyendas:

  1. Jubilados, Discapacitados y Niños menores de 5 años sin cargo;

  2. Niños de 6 a 10 años 13,334 UTM;

  3. Mayores de 10 años y Adultos 16,667 UTM.

QUE a fs. 44/45 obra Dictamen del Asesor Contable del H.C.D. Ctdor. Roberto Raúl Zárate, el cual refiere que el Proyecto de Ordenanza Tarifaria Ejercicio 2020 emitido por la Municipalidad de Tunuyán, cumple con las normativas vigentes y sus requerimientos.

QUE a fs. 46/47 obra Dictamen del Asesor Legal de este H.C.D. Dr. Edgardo Stortini, el cual refiere que no existen obstáculos legales para que el H.C.D. apruebe el presente Proyecto de Ordenanza Tarifaria Ejercicio 2020.

QUE en razón de lo expuesto se procede a promulgar la Ordenanza conforme lo faculta el Art. 105° Inc. 05 de la Ley Orgánica de Municipalidades;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL

INTENDENTE DEL DEPARTAMENTO DE TUNUYÁN

DECRETA

Art. 1º

Promúlguese la Ordenanza Nº 3072 de fecha 06 de Marzo de 2.020, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tunuyán:

Art. 1°: Apruébese en general el Proyecto de Ordenanza Tarifaria 2020 contenido en el Expediente N° 2520/2020, constante de 47 fojas útiles.

Art. 2°: Modifíquese el Artículo 89°, Inc. 4, en todos sus puntos, quedando redactado de la siguiente manera:

...“4- Entrada a Camping Municipal por día, por persona:

a) Jubilados, Discapacitados y Niños menores de 5 años Sin...

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