Decreto Municipal Nro. 1301 - DECRETO Nº 1301 PRORROGA ADICIONAL EMERGENCIA 2020

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 22 DE DICIEMBRE DE 2020.

VISTO:

Las facultades conferidas por la Ley Nº 1.079 y por el Acta Paritaria Provincial Nº 20, homologada por Decreto Provincial Nº 2.632/04,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 771/2020 modificado por Decreto Nº 1063/2020 se creó el adicional “Emergencia 2020”, no remunerativo no bonificable, a efectos de garantizar que todos los agentes municipales que cumplan la jornada normal y habitual de trabajo, de treinta (30) horas semanales o más, perciban un salario neto equivalente al salario mínimo vital y móvil. Dicho adicional consistirá en la diferencia entre las sumas dispuestas y la resultante del siguiente cálculo: asignación de clase más adicionales remunerativos y no remunerativos (no considerando asignaciones familiares); menos descuentos por jubilación, obra social, seguro mutual y cuota sindical.

Que se dispuso que el mencionado adicional se abonará desde el 1º de julio de 2.020 hasta el 31 de diciembre de 2.020 inclusive, a aquellos agentes municipales que cumpliendo la jornada normal y habitual de trabajo de treinta (30) horas semanales o más, no alcancen el monto indicado.

Que resulta pertinente disponer la prórroga del mencionado adicional hasta el 31 de marzo de 2021.

Que por Resolución Nº 4/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación se fijó el salario mínimo vital y móvil en la suma de pesos veinte mil quinientos ochenta y siete con 50/100 ($20.587,50) a partir del 1º de diciembre de 2020 y en la suma de pesos veintiún mil seiscientos ($21.600,00) a partir del 1º de marzo de 2021.

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MENDOZA

D E C R E T A :

ARTÍCULO 1º

Prorróguese hasta el 31 de marzo de 2021 el adicional “Emergencia 2020”, creado por Decreto nº 771/2020, modificado por Decreto nº 1063/2020, a efectos de garantizar que todos los agentes municipales que cumplan la jornada normal y habitual de trabajo, de treinta (30) horas semanales o más, perciban un salario neto de pesos veinte mil quinientos ochenta y siete con 50/100 ($20.587,50) por su labor. Dicho adicional consistirá en la diferencia entre la suma referida y la resultante del siguiente cálculo: asignación de clase más adicionales remunerativos y no remunerativos (no considerando asignaciones familiares); menos descuentos por jubilación, obra social, seguro mutual y cuota sindical.

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