Decreto Municipal Nro. 1249 - CONTINUIDAD PROGRAMA MUNICIPAL DE APOYO EMPRENDEDOR

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2022

MENDOZA, 29 de setiembre de 2022.

VISTO:

El Expediente Nº 3997-2021, caratulado: “DIRECCION LEGAL Y TECNICA – OTROS – NOTA PEDIDO PROGRAMA APOYO EMPRENDEDOR” y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 2/18 se creó el “Programa Municipal de Apoyo Emprendedor” conforme lo dispuesto en el Anexo I de dicho Decreto, disponiéndose las particularidades del programa y la autoridad de aplicación.

Que por Decreto N° 961/21 se dispuso la continuidad del “Programa Municipal de Apoyo Emprendedor” y se aprobó el proyecto de Convenio de Apoyo Emprendedor.

Que en archivo adjunto nº 13 de las actuaciones de referencia, la Dirección de Empleo y Economía Social propició la continuidad del Programa de Apoyo Emprendedor para el 2022, cuya iniciativa surge en virtud del crecimiento de la demanda de emprendedores que buscan comenzar, desarrollar o expandir sus Mipymes (micros, pequeñas y medianas empresas) en la Ciudad de Mendoza.

Que ya han sido seleccionados cuatro (4) proyectos para los cuales es necesario proceder a la compra de los bienes para hacer frente a los mismos.

Que el Programa consiste en aportes no reembolsables en bienes, con fondos municipales, bajo la modalidad de entrega una vez presentado y aprobado por la autoridad correspondiente, el proyecto seleccionado.

Que dichos subsidios en especie, están orientados a dar respuesta efectiva a personas que estén desarrollando o busquen comenzar una actividad productiva de bienes o servicios enmarcados en procesos locales de inclusión social, como asimismo generación de empleo en el mediano y largo plazo.

Que el área bajo la cual el programa se desarrolla, actualmente es, la Dirección de Empleo y Economía Social dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico.

Que la adquisición de los bienes a entregar a los emprendedores será tramitada a través de la Subsecretaría de Contrataciones y Registros por el procedimiento que por ley corresponda y según requerimiento de la Dirección de Empleo y Economía Social.

Que una vez adquiridos los bienes, previo a la entrega de los mismos, los emprendedores, suscribirán el correspondiente convenio de subsidio, según lo dispone el Acuerdo Nº 2514/97 del Honorable Tribunal de Cuentas (T.O. 6374/17) y Nº 2988 según Acuerdo Nº 6222/16.

Que en archivo adjunto nº 14 la Dirección de Finanzas informa que se cuenta con crédito presupuestario.

Que según lo dispone el Artículo 35º de la Ley 9003 obra en archivo...

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