Decreto Municipal Nro. 1097 - PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VEREDAS

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2022

MENDOZA, 30 de agosto de 2022.

VISTO:

El Expediente Electrónico Nº 9751-2021 caratulado: “SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO – MESA DE ENTRADAS – OTROS – ELEVA PROYECTO DE ORDENANZA - PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VEREDAS” y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Ordenanza Nº 4115, se creó el Programa “Mejores Veredas”, que consiste en la reparación, construcción o reconstrucción de veredas en mal estado en contravención al Art. U.I.1.2.1 del Código Urbano y de Edificación de la Ciudad de Mendoza y se articula con las obras que se están ejecutando en el Plan Integral de Renovación Urbana, obras en la trama vial, el programa de bacheo intensivo y el Programa de Reparación de Veredas por daños de raíces, teniendo por objetivo específico el mejoramiento de las veredas de la ciudad.

Que la circulación peatonal por las veredas públicas en forma segura es una prioridad Municipal.

Que la mala condición de las veredas puede tener origen en reparaciones ejecutadas deficientemente o no ejecutadas, defectos de construcción o deterioro por antigüedad, entre otros, aumentando el riesgo de producir accidentes.

Que estas situaciones de daños se abordarán mediante dicha Ordenanza y el presente, en el marco de lo dispuesto en Ley Orgánica de Municipalidades y Código Urbano y de Edificación vigente que dispone que la construcción, el mantenimiento y la conservación de las veredas es obligación exclusiva del propietario frentista.

Que con este Programa, se presenta una alternativa para que los vecinos puedan cumplimentar en forma satisfactoria con dicha exigencia.

Que el artículo 12º de la Ordenanza dictada, facultó al Departamento Ejecutivo a reglamentar el Programa en todos aquellos aspectos que hagan a su ejecución y operatividad.

Por ello, y en uso de sus atribuciones;

EL

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MENDOZA

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1°

Apruébese el Reglamento del Programa “Mejores Veredas” creado por Ordenanza N° 4115, que como Anexo I integra el presente.

ARTÍCULO 2°

Apruébese el Formulario de Inscripción y las Solicitudes de Adhesión que como Anexos II, III y IV integran el presente.

ARTÍCULO 3°

Desígnese autoridad de aplicación del Programa, a la Dirección de Obras Públicas, dependiente de la Subsecretaría de Infraestructura, Secretaría de Desarrollo Urbano.

ARTÍCULO 4°

La Dirección de Obras Públicas, previa inspección de las...

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