DECRETO ACUERDO 40 / 2020 DECRETO ACUERDO de 28 de Septiembre de 2020
Fecha de Entrada en Vigor | 8 de Octubre de 2020 |
Fecha de la disposición | 28 de Septiembre de 2020 |
Número de Boletín | 29833 |
Fecha de Publicación | 7 de Octubre de 2020 |
Número de documento | 78865 |
DECRETO ACUERDO N° 40/4 (MDS), del 28/09/2020.
VISTO los Decretos Acuerdos N° 60/1-88 y 151/3 (SH)-92, sus modificatorios y ampliatorios por los cuales se establecen los beneficios de extensión horaria, bonificación por dedicación funcional a empleados de la Administración Pública Provincial, y
CONSIDERANDO:
Que en distintas áreas dependientes del Ministerio de Desarrollo Social existen tareas que indispensablemente requieren la prolongación horaria del personal y funcionarios que posibiliten el normal desenvolvimiento del sector, de conformidad con las solicitudes cursadas por los titulares de las respectivas áreas
Que a los fines expresados se debe dictar la pertinente medida administrativa.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA:
Inclúyase en los Regímenes de Extensión Horaria y/o Bonificación por Dedicación Funcional; establecidos por el Decreto Acuerdo N° 60/1-88 y el Decreto Acuerdo N° 151/3 (SH)-92, sus modificatorios y ampliatorios, respectivamente, al personal perteneciente a las distintas áreas del Ministerio de Desarrollo Social, según detalle del Anexo Único, que pasa a formar parte integrante del presente Decreto Acuerdo. El pago de los conceptos referidos se efectuará a partir de las fechas que se consignan en cada caso. A tal efecto los Servicios Administrativos serán los responsables de la aplicación de lo que se dispone en el presente artículo, conforme se señala en cada caso.
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