Decreto 995. Recházase recurso.

Fecha de disposición05 Diciembre 2017
Fecha de publicación05 Diciembre 2017
SecciónDecretos

MINISTERIO DE CULTURA

Decreto 995/2017

Recházase recurso.

Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2017

VISTO el Expediente N° 2761/16 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que por las citadas actuaciones tramita el recurso jerárquico presentado por el doctor Martín Luciano CHÁVEZ (D.N.I. N° 28.156.383), contra la Resolución M.C. N° 181 de fecha 12 de mayo de 2016, que dispuso dejar sin efecto a partir de esa fecha la Resolución M.C. N° 6746 del 28 de octubre de 2015 que lo diera por designado como Auditor de Planillas de la SOCIEDAD ARGENTINA DE AUTORES Y COMPOSITORES DE MÚSICA -SADAIC-, a partir del 6 de diciembre de 2015.

Que la resolución recurrida fue objeto de publicación en el Boletín Oficial N° 33.380, de fecha 17 de mayo de 2016, momento a partir del cual el recurrente alega haber tomado conocimiento de la misma.

Que en tal sentido, el recurso incoado resulta formalmente admisible.

Que el actor persigue la nulidad de la resolución que cuestiona, pues alega vicios en el elemento causa -sostiene que el acto impugnado no cuestiona la legalidad de su designación ni realiza menciones a incumplimientos en el desempeño de la función de Auditor de Planillas-; en el elemento objeto pues considera que es titular de un derecho adquirido y en el elemento motivación considerando insuficiente e inadecuadas las razones que indujeron a su dictado.

Que asimismo, solicita la suspensión de los efectos del acto recurrido, su inmediata reposición en el cargo y que ejercía funciones, basándose en lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, el artículo 13 de la Ley N° 26.854 -Medidas Cautelares- y la indemnización por daños y perjuicios sufridos hasta la fecha de la efectiva restitución o -en caso de que ésta no ocurra- hasta la fecha en la que considera que debió permanecer en funciones -6 de diciembre de 2019- más los intereses que pudieran corresponder; así también hace reserva del caso federal y de ampliar fundamentos.

Que la Ley...

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