Decreto 991. Modificación. Decreto N° 977\/1995.

Fecha de disposición07 Septiembre 2016
Fecha de publicación07 Septiembre 2016
MateriaDerecho Constitucional
SecciónDecretos

Decreto 991/2016

Modificación. Decreto N° 977/1995.

Buenos Aires, 06/09/2016

VISTO, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias, la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 977 del 6 de julio de 1995, 498 del 22 de septiembre de 1995, 434 del 1° de marzo de 2016 y 561 del 6 de abril de 2016, la Resolución de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 4 del 9 de mayo de 2016, el EX-2016-175291-APN-DAT#SLYT, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 977 del 6 de julio de 1995 se dispuso que en caso de ausencia que impida el ejercicio transitorio de sus funciones, el Jefe de Gabinete de Ministros será reemplazado por el Ministro secretario que determine el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que por el Decreto N° 498/95 se fijó que en dichos casos, el Jefe de Gabinete de Ministros fuera reemplazado por el entonces Ministro del Interior, hoy Ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda.

Que con el objetivo de lograr un mejor funcionamiento de la Administración Pública Nacional, corresponde fijar que en caso de ausencia transitoria, el Jefe de Gabinete de Ministros será reemplazado interinamente por el Ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda, o en ausencia de éste, por el Ministro secretario que corresponda siguiendo el orden correlativo establecido en la enumeración efectuada en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias.

Que en consecuencia, dicho reemplazo no ha de afectar el normal ejercicio de las funciones inherentes al Ministro reemplazante.

Que, por otro lado, la Ley N° 25.506 establece la eficacia jurídica de la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 dispone que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que por el Decreto N° 434/16 se aprobó el Plan de Modernización del Estado, contemplando dentro de los objetivos del eje "Plan de Tecnología y Gobierno Digital", el de implementar una plataforma horizontal informática de generación de...

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