DECRETO 984 / 2017 DECRETO de 7 de Abril de 2017

Fecha de Entrada en Vigor22 de Abril de 2017
Fecha de la disposición 7 de Abril de 2017
Número de Boletín28986
Fecha de Publicación21 de Abril de 2017
Número de documento59301

DECRETO N° 984/3 (ME), del 07/04/2017.

EXPEDIENTE N° 45280/376-P-16 y Agdos.-

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Dirección General de Rentas de la Provincia (D.G.R.) gestiona la aprobación del gasto y autorización de pago, correspondiente al servicio de seguridad, prestado por la Policía de Tucumán -bajo el régimen de Policía Adicional Discontinuo- en Casa Central, durante el mes de noviembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 62 la Directora General de la D.G.R. manifiesta que el convenio suscripto oportunamente con la Policía de Tucumán, para la prestación del servicio en cuestión, se encuentra vencido desde el 30/06/16 y que se trata de un servicio necesario para el correcto funcionamiento de la repartición; encontrándose un nuevo convenio de servicios con la Policía vigente a partir del 26/12/2016 por el término de dos años.

Que a fs. 3/4, 19/20, 35 y 50 corren agregadas las planillas de liquidación efectuadas por la División Recursos Humanos de la D.G.R.

Que a fs. 64 interviene el Departamento de Asesoramiento Contable de la Contaduría General de la Provincia, emitiendo informe de su competencia.

Que a fojas 16, 32, 47 y 61 interviene el Servicio Administrativo Financiero de la D.G.R. informando la imputación presupuestaria que afrontará la presente erogación.

Que según surge de las planillas de liquidación adjuntas a fs. 3/4, 19/20, 35 y 50, se liquidaron las horas trabajadas a los valores fijados mediante Resolución del Sr. Jefe de Policía N° 1605/16 del 21/06/16, cuya copia se agrega a fs. 12, 28 y 58, de estos actuados.

Que los montos liquidados ascienden a las sumas de $46.372,23 para el período 01/11/16 al 08/11/16, de $42.392,68 para el período 09/11/16 al 15/11/16, de $37.742,89 para el periodo 16/11/16 al 22/11/16, y $40.130,62 para el periodo 23/11/16 al 30/11/16, ascendiendo el total adeudado a la suma de $166.638,42.

Que si bien el gasto cuyo pago se gestiona no cuenta con un instrumento legal autorizante, se trata de un servicio efectivamente prestado, conforme surge de la documentación agregada en autos, quedando acreditado el beneficio para el erario provincial.

Que por aplicación del principio del enriquecimiento sin causa, no reconocer tal prestación implicaría...

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