Decreto Nº 983

EmisorMunicipalidad de Capital
Fecha de la disposición15 de Agosto de 2014

DECRETO Nº 983

Mendoza, 15 de agosto de 2014

Visto: La Ley Provincial Nº 8701 y el Acta Paritaria Municipal Provincial Nº 23/05 y sus modificatorias y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 1079, en su Artículo 105º inc. 8) establece que el Intendente tiene la atribución de ejercer la superintendencia y dirección inmediata de los empleados de su dependencia.

Que el Artículo 9º de la Ley Nº 5892 -Estatuto Escalafón Municipal- prescribe que el Departamento Ejecutivo podrá otorgar aumentos de remuneraciones en atención a circunstancias debidamente justificadas, sujetos a confirmación ratificatoria del Honorable Concejo Deliberante.

Que mediante el Artículo 134º de la Ley Nº 8701, promulgada por Decreto Nº 1365/14, el Poder Ejecutivo se compromete de manera escalonada a la equiparación de las asignaciones familiares provinciales con el valor de las vigentes para la Administración Nacional al momento de su sanción, como así también los topes y criterios de las mismas.

Que a nivel municipal el régimen está regulado por Actas Paritarias Municipales en las cuales se establece que en caso que se generen cambios a nivel provincial deberá convocarse a paritarias para establecer los nuevos valores para agentes municipales en concordancia con los que se establezcan a nivel provincial.

Que en tal sentido, el Departamento Ejecutivo considera oportuno y conveniente otorgar un incremento a cuenta, para no generar diferencias o atrasos significativos en este concepto entre los distintos niveles de gobierno.

Que el espíritu del régimen municipal es beneficiar a todos los empleados por igual, sin distinción de remuneraciones, además de sostener el beneficio hasta los 21 años de edad para aquellos hijos que estudian; reconocer la asignación familiar por cónyuge sin distinción de sexo y pagar asignación doble en el mes de Enero, entre otras mejoras superadoras del régimen provincial.

Que por ello procede considerar como parámetro el porcentaje de aumento experimentado en el ítem "hijo" del rango de menor salario, para aplicarlo a toda la escala de asignaciones familiares del Acta Nº 23 de Paritarias Municipales Provinciales, aplicando en consecuencia un aumento del 100% en todos los ítems a cuenta de lo que se resuelva en paritarias en caso de convocarse, con excepción del ítem ayuda escolar.

Por ello, conforme lo previsto por los Artículos 10º y 25º de la Ordenanza Nº 3864/13; los Artículos 121º y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR