Decreto 94/2020

Fecha de publicación22 Enero 2020
SecciónDecretos
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA


Ciudad de Buenos Aires, 21/01/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-02215326-APN-DGD#MPYT, la Ley N° 27.442, los Decretos Nros. 366 de fecha 16 de febrero de 2016 y 480 de fecha 23 de mayo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 80 de la Ley N° 27.442 derogó las Leyes Nros. 22.262, 25.156 y los artículos 65 al 69 de la Ley N° 26.993, no obstante lo cual dispuso que la Autoridad de Aplicación de dichas normas subsistirá con todas las facultades y atribuciones, incluso las sancionatorias, que la Ley otorga a la Autoridad Nacional de la Competencia, y continuará gestionando las causas y trámites que estuvieren abiertos a la fecha de entrada en vigencia de la norma hasta la constitución y puesta en funcionamiento de la referida Autoridad Nacional.

Que el artículo 6° del Decreto N° 480/18 reglamentario de la citada Ley dispone que hasta tanto la estructura organizativa de la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA cuente con plena operatividad, la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA continuará actuando en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO con su estructura actual.

Que actualmente, la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA actúa en la órbita de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que por el Decreto N° 366/16 se designó en el cargo de Presidente de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA al Licenciado en Economía D. Esteban Manuel GRECO, quien con fecha 9 de enero de 2020 presentó su renuncia a dicho cargo.

Que en consecuencia, resulta necesario designar al Presidente de la mencionada Comisión.

Que el Abogado D. Rodrigo Sebastián LUCHINSKY reúne los requisitos de idoneidad y experiencia requeridos para desempeñar dicho cargo.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 7 de la...

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