Decreto 938. DECTO-2018-938-APN-PTE - Creación.

Fecha de disposición24 Octubre 2018
Fecha de publicación24 Octubre 2018
SecciónDecretos

ORGANISMO FEDERAL DE VALUACIONES DE INMUEBLES

Decreto 938/2018

DECTO-2018-938-APN-PTE - Creación.

Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-45080996-APN-SPYM#MI, la Ley de Ministerios (t.o. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y 618 del 10 de julio de 1997 y las Leyes Nros. 27.429 y 22.963, y

CONSIDERANDO:

Que en el Consenso Fiscal suscripto el 16 de noviembre de 2017 por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y representantes de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, aprobado por la Ley N° 27.429, el Estado Nacional asumió entre otros compromisos el de disponer de un organismo federal que cuente con la participación de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, que determine los procedimientos y metodologías de aplicación para todas las jurisdicciones con el objeto de lograr que las valuaciones fiscales de los inmuebles tiendan a reflejar la realidad del mercado inmobiliario y la dinámica territorial.

Que del mismo modo, en el citado Consenso Fiscal, las provincias adheridas y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES se obligaron a adoptar para el cálculo y determinación de las valuaciones fiscales de los inmuebles los procedimientos y metodologías de valuación uniformes establecidos por el organismo federal con relación al impuesto inmobiliario.

Que en función de lo expuesto en el considerando precedente, las provincias adheridas y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES se obligaron asimismo en dicho Consenso Fiscal a asegurar al organismo federal referido el acceso a los registros catastrales y demás registros locales.

Que el compromiso asumido por las partes en el mencionado Consenso Fiscal, tiene por objeto asistir a las jurisdicciones encargadas de determinar el valor fiscal de los bienes inmuebles, para que utilicen procedimientos y metodologías homogéneas que reflejen la realidad del mercado inmobiliario y la dinámica territorial.

Que por otro lado, conforme a lo establecido en la Ley de Ministerios (t.o. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA tiene entre sus competencias la de entender en las relaciones y en el desenvolvimiento con los gobiernos de las provincias y el de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES e intervenir en la instrumentación y seguimiento de políticas fiscales, económicas y financieras entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales y Municipales.

Que asimismo, el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, establece entre las competencias de la SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA la de promover políticas públicas y acuerdos a nivel federal y regional tendientes a la armonización con las políticas correspondientes al Gobierno Nacional y participar en la instrumentación y seguimiento de políticas fiscales, económicas y financieras entre el Gobierno Nacional y los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, así como la de diseñar planes y coordinar acciones en materia económica con los gobiernos de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, asesorando en la formulación y gestión de proyectos de carácter federal.

Que en virtud de lo expuesto precedentemente, resulta conveniente...

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