Decreto 873. Cuerpo Especial de Seguridad y Vigilancia. Programas. Transferencia.
Fecha de disposición | 20 Julio 2016 |
Fecha de publicación | 20 Julio 2016 |
Sección | Decretos |
Decreto 873/2016
Cuerpo Especial de Seguridad y Vigilancia. Programas. Transferencia.
Bs. As., 19/07/2016
VISTO el Expediente E-SENAF-6587-2016 del registro de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, las Leyes Nros. 24.588 y su modificatoria y 26.061, el Decreto N° 210 del 14 de febrero de 1989, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes N° 26.061 dispuso que el Gobierno Nacional acordará con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la transferencia necesaria de los servicios de atención directa y sus recursos, a las respectivas jurisdicciones en las que se estuvieren prestando y ejecutando.
Que la disposición normativa referida motivó el inicio del proceso de transferencia de los servicios de atención directa y sus recursos, mediante la celebración del "Acta Acuerdo para la Transferencia de Servicios de Atención Directa de Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en los términos del artículo 70 Ley N° 26.061 - Acuerdo sobre Competencias para la Adopción de Medidas de Protección Integral de Derechos y las Medidas Excepcionales dispuestas por la Ley N° 26.061 en el ámbito de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES", protocolizada mediante la Resolución SENAF N° 65 del 15 de febrero de 2007 y aprobada por Ley de Aprobación del Acta Acuerdo de Transferencia de Servicio de Atención Directa entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires N° 2339 de la CIUDAD ATÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA de acuerdo a lo prescripto por el artículo 70 de la Ley N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y la cláusula transitoria Primera de la Ley N° 114 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES propicia continuar con el proceso de transferencia a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES de los dispositivos de asistencia directa vinculados a los adolescentes en conflicto con la Ley Penal.
Que en tal sentido se promueve la transferencia de los dispositivos de intervención penal juvenil a efectos de proveer a la máxima satisfacción de los derechos y una mayor eficacia en la asignación de recursos.
Que el artículo 44 de la Ley N° 26.061 otorga a la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA funciones relacionadas con la...
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