Decreto 871/2021

Fecha de publicación24 Diciembre 2021
SecciónDecretos
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Y ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS


Ciudad de Buenos Aires, 23/12/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-120242693-APN-SE#MEC, las Leyes Nros. 24.065 y 24.076, sus modificatorias y sus reglamentaciones, la Ley Nº 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública y sus modificatorias, los Decretos Nros. 277 del 16 de marzo de 2020, 278 del 16 de marzo de 2020, 963 del 30 de noviembre de 2020, 1020 del 16 de diciembre de 2020 y su respectiva normativa complementaria, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1º de la Ley Nº 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y se delegaron en el PODER EJECUTIVO NACIONAL las facultades necesarias para implementar las políticas indispensables a los fines de alcanzar los objetivos de la citada legislación, conforme el artículo 76 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en los términos y plazos dispuestos.

Que a través del artículo 5º de la mencionada Ley se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a mantener las tarifas de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la revisión tarifaria integral vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las Leyes Nros. 24.065 y 24.076 y demás normas concordantes, por un plazo máximo de hasta CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir de su entrada en vigencia, propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias, según lo allí establecido.

Que, posteriormente, dicho mantenimiento fue prorrogado desde su vencimiento y por un plazo adicional de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, a través del artículo 1º del Decreto Nº 543/20.

Que mediante el artículo 6º de la citada Ley Nº 27.541 se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a intervenir administrativamente el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), ambos organismos descentralizados actuantes en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el término de UN (1) año.

Que, a tenor de lo establecido en dicho artículo, se dispuso la intervención del ENRE y del ENARGAS mediante los Decretos Nros. 277/20 y 278/20, respectivamente, y posteriormente se designó una nueva Interventora a cargo del organismo citado en primer término, a través del Decreto Nº 963/20.

Que...

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