Decreto 86/2023

Fecha de publicación27 Diciembre 2023
EmisorADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 26/12/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-150761760- -APN-MCH, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, 195 del 24 de febrero de 2011 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) estableciendo los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y se establecieron las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.

Que mediante el artículo 4° del Decreto N° 357/02 y sus modificatorios se creó el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el objeto de constituir un ámbito de planificación y coordinación de la política social nacional para mejorar la gestión de gobierno, mediante la formulación de políticas y la definición de cursos de acción coordinados e integrales, optimizando la asignación de los recursos.

Que por el Decreto N° 195/11 se creó CASA PATRIA GRANDE “PRESIDENTE NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” como organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con la misión de impulsar la promoción de la integración de los pueblos latinoamericanos en términos culturales, políticos, económicos y sociales y constituir un espacio especial para la juventud.

Que en virtud de los objetivos asignados a los citados organismos desconcentrados resulta procedente su transferencia a la órbita del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que resulta necesario aprobar la conformación organizativa del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y establecer los organismos desconcentrados y descentralizados que actuarán en su ámbito.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 4° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002...

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