DECRETO 856 / 2018 DECRETO de 21 de Marzo de 2018

Fecha de Entrada en Vigor12 de Abril de 2018
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2018
Número de Boletín29225
Fecha de Publicación11 de Abril de 2018
Número de documento65398

DECRETO N° 856/3 (ME), del 21/03/2018.

EXPEDIENTE N° 4117/230-E-2017.-

VISTO que mediante las presentes actuaciones se gestiona la adquisición del dominio por Prescripción Adquisitiva a favor del Superior Gobierno de la Provincia del inmueble que ocupa la Escuela N° 145, ubicado sobre Ruta Provincial N° 320 en la localidad de Fronterita - La Soledad, Departamento Leales; y

CONSIDERANDO:

Que es procedente la aplicación de la leyes N° 21.477 y 24.320 y sus decretos reglamentarios N° 1.025/14 (SSG) del 27/3/78, 482/14 (SSG) del 14/2/80 y 516/14 (SSG) del 17/3/82, ya que el Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán ejerce la posesión del inmueble en forma pública, pacífica e ininterrumpida desde hace más de veinte años.

Que el Código Civil y Comercial de la Nación vigente aprobado por la ley N° 26.994, sobre el tema en tratamiento establece en su artículo 1.897: "La prescripción para adquirir es el modo por el cual el poseedor de una cosa adquiere un derecho real sobre ella, mediante la posesión durante el tiempo fijado por la ley". Agrega el artículo 1.899: "Si no existe justo título o buena fe, el plazo es de veinte años". Asimismo el artículo 1.928, expresa: "Constituyen actos posesorios sobre la cosa los siguientes: su cultura, percepción de frutos amojonamiento o impresión de signos materiales, mejora, exclusión de terceros y en general su apoderamiento por cualquier medio que se obtenga".

Que acreditando tales extremos se adjunta copia de Constancia Policial -foja 2- donde los ciudadanos Carlos Eduardo Lizárraga, argentino, instruido, empleado, mayor de edad, DNI 12.061.069 y Mercedes Ramos, argentina, instruida, mayor de edad DNI 12.293.252 ambos con domicilio en la Localidad de Fronterita Departamento Leales manifiestan que la Escuela N° 145 funciona en la propiedad del Sr. Marcelo Suárez, quien donó una parcela de su legítima propiedad para la construcción del edificio escolar mencionado, desde el 6 de junio de 1977 a la fecha, agregándose a Fs. 3/5 copias fiel del Libro de Actas de la Sociedad Cooperadora y a Fs. 6/7 fotos de diversos eventos realizados en el establecimiento escolar.

Que en consecuencia desde la época...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR