Decreto 852. DECTO-2018-852-APN-PTE - Decreto N° 722\/1991. Incorporación de sustancias al listado de estupefacientes.

Fecha de disposición26 Septiembre 2018
Fecha de publicación26 Septiembre 2018
MateriaDerecho Penal
SecciónDecretos

ESTUPEFACIENTES

Decreto 852/2018

DECTO-2018-852-APN-PTE - Decreto N° 722/1991. Incorporación de sustancias al listado de estupefacientes.

Ciudad de Buenos Aires, 25/09/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-24508262-APN-SSLN#MSG, el CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA, el Decreto N° 722 de fecha 18 de abril de 1991, y sus modificatorios Nros. 299 de fecha 2 de marzo de 2010, 772 de fecha 6 de mayo de 2015, 69 de fecha 25 de enero de 2017, y los Decretos Nros. 48 de fecha 14 de enero de 2014, y 342 de fecha 12 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el artículo 77 del CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA, el término "estupefacientes" comprende los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias susceptibles de producir dependencia física o psíquica, que se incluyan en las listas que se elaboren y actualicen periódicamente por Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que a través del Anexo I del Decreto N° 722/91, sustituido por el Anexo I de los Decretos Nros. 299/10, 772/15 y 69/17, se aprobó la lista de estupefacientes a los efectos establecidos en el artículo 77 del CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA.

Que por medio del Decreto Nº 48/14 se creó la SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que asimismo, a través del Decreto Nº 342/16 se estableció como uno de los Objetivos de la citada SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO, el de asistir al Secretario de Seguridad en la elaboración de políticas nacionales y en la planificación de estrategias contra la producción, el tráfico y la comercialización de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y para el control de los precursores y sustancias químicas utilizables en la producción de drogas ilícitas.

Que de acuerdo con la normativa referida, la SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, ha realizado el análisis técnico de las sustancias a incorporar al aludido Anexo, en el marco de las competencias anteriormente detalladas.

Que del análisis técnico realizado por la antemencionada...

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