Decreto 829 / 2020. Decreto Sintetizado del 19 de Mayo de 2020. Aviso Nro: 77553 de 1 de Junio de 2020

Fecha de la disposición 1 de Junio de 2020
Número de Boletín29745
Fecha de Publicación 1 de Junio de 2020
Número de documento77553

DECRETO N° 829/14 (MGyJ), del 19/05/2020.

EXPEDIENTE N° 359/110-P-2020.-

VISTO estas actuaciones, por las cuales el Dr. Osvaldo Pedernera presenta su Renuncia Condicionada al cargo de Vocal de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo, Sala V del Centro Judicial Capital; y

CONSIDERANDO:

Que el citado magistrado fundamenta su dimisión para acogerse a los beneficios de la Jubilación prevista en la Ley Nacional N° 24.018 y la Ley Provincial N° 7.853.

Que por Convenio Complementario -Régimen de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Tucumán- celebrado entre el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), se prevé la figura de "Renuncia Condicionada" mientras se realizan los trámites para acceder a la jubilación.

Que a fs. 02 obra Resolución de Anses de fecha 20/10/08 por la cual se establece su derecho a la prestación solicitada.

Que a fs. 08, 10 y 12 se acompañan informes de los distintos fueros judiciales respecto al Dr. Pedernera.

Que a fs. 14 rola informe de la Secretaría Administrativa de la Excma. Corte Suprema de Justicia de Tucumán donde indica que no obran sanciones disciplinarias en contra del solicitante, Que a fs. 15 se adjunta el informe del Registro de Deudores Alimentarios donde informa que el causante no se encuentra inscripto como deudor alimentario.

Que a fs. 17 la Honorable Legislatura de Tucumán informa que no existe ningún pedido de...

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