Decreto 824. Régimen de Incentivo Fiscal. Decretos N° 594/2004 y N° 379/2001. Modificación.

Fecha de disposición01 Julio 2016
Fecha de publicación01 Julio 2016
MateriaDerecho Fiscal
SecciónDecretos

Decreto 824/2016

Régimen de Incentivo Fiscal. Decretos N° 594/2004 y N° 379/2001. Modificación.

Bs. As., 30/06/2016

VISTO el Expediente N° S01:0238408/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del Decreto N° 379 de fecha 29 de marzo de 2001 y sus modificaciones se creó un Régimen de Incentivo Fiscal para los Fabricantes de los bienes comprendidos en el Anexo I de la Resolución N° 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, que contaren con establecimientos industriales radicados en el Territorio Nacional.

Que el objeto principal del citado Régimen consiste en mejorar la competitividad de la industria local productora de bienes de capital a fin de que pueda participar en condiciones equitativas en la provisión de tales bienes, promoviendo así su fabricación nacional.

Que por el Decreto N° 594 de fecha 11 de mayo de 2004 y sus modificatorios se extendió la vigencia del Régimen creado mediante el Decreto N° 379/01 y sus modificaciones hasta el día 30 de junio de 2016, inclusive.

Que en el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) no existe actualmente óbice para mantener vigentes los regímenes de promoción en materia de bienes de capital establecidos por cada Estado Parte.

Que el Gobierno Nacional asigna a los sectores alcanzados por la presente medida, prioritaria importancia en el proceso de crecimiento productivo de la economía.

Que la inversión en capital productivo tiene como resultado directo el aumento de la competitividad de la industria y de la economía en general, y simultáneamente coadyuva a consolidar el desarrollo de la industria local productora de bienes de capital.

Que la industria de bienes de capital es un sector estratégico para el desarrollo económico y, al ser proveedora de todas las cadenas productivas, su progreso técnico impacta positivamente en la competitividad de la economía del país.

Que, por ello, se estima oportuno y conveniente prorrogar hasta el día 31 de diciembre de 2016, inclusive, el plazo de vigencia del citado Régimen creado por el Decreto N° 379/01 y sus modificaciones.

Que, asimismo, resulta pertinente sustituir el inciso a) del Artículo 1° del Decreto N° 594/04 y sus modificatorios a fin de ajustar lo allí requerido a las nuevas condiciones emergentes de la prórroga dispuesta.

Que en razón del término mencionado, resulta necesario...

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