DECRETO 814 / 2021 DECRETO de 5 de Abril de 2021

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Abril de 2021
Fecha de la disposición 5 de Abril de 2021
Número de Boletín29952
Fecha de Publicación 7 de Abril de 2021
Número de documento81187

DECRETO N° 814/1, del 05/04/2021.

VISTO, el Decreto N° 763/1 del 29 de marzo de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado acto administrativo se dispuso la dispensa del deber de asistencia a su lugar de trabajo hasta el día 31 de marzo de 2021, inclusive, al personal de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, incluidas las Comunas Rurales, para realizar sus tareas, en tanto ello sea posible, desde su hogar, cumpliendo con las indicaciones de la autoridad jerárquica correspondiente.

Que dicho Decreto se dictó en atención a la Decisión Administrativa N° 280/2021, emitida por Jefatura de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional, que estableció la estricta y prioritaria prestación de servicios mediante la modalidad de trabajo remoto para las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional a los que refieren los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive. Y en su artículo 4° invita a las Provincias a tomar medidas similares.

Que con fecha 04 de abril de 2021, Jefatura de Gabinete mediante Decisión Administrativa N° 303/2021, prorroga el plazo establecido en el artículo 1° de Decisión Administrativa N° 280/2021, hasta el 9 de abril de 2021.

Que el Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia N° 168/21 del Poder Ejecutivo Nacional, prorrogó hasta el 9 de abril de 2021, inclusive, las medidas dispuestas por el DNU N° 125/21, que estableció el régimen aplicable a las modalidades de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" y "aislamiento social, preventivo y obligatorio para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las provincias...

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