DECRETO 807 / 2019 DECRETO de 21 de Marzo de 2019

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Abril de 2019
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2019
Número de Boletín29467
Fecha de Publicación 5 de Abril de 2019
Número de documento71645

DECRETO N° 807/7 (SPC), del 21/03/2019.

EXPEDIENTE N° 600/700-S-2017 y agdo.-

VISTO, las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la designación como personal temporario en la Secretaría de Estado de Participación Ciudadana dependiente del Ministerio de Seguridad, de la señora Susana Gabriela Pérez Santos; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 06-08 y 20-24 se agregan copias de los Decretos de designación y foja de servicios de la señora Pérez Santos, donde consta que la misma viene desempeñándose como personal de gabinete con remuneración equivalente a la categoría 18, desde el 30/11/2011.

Que a fs. 14 y 14 vuelta la Dirección General de Recursos Humanos señala que los requisitos para el ingreso en la Administración Pública no necesitan ser exigidos, toda vez que los mismos ya fueron cumplidos en la primera designación.

Que a fs. 16 el señor Secretario de Estado de Participación Ciudadana se expide en forma favorable.

Que a fs. 17 y 34 la Dirección General de Presupuesto informa la imputación presupuestaria que atenderá el gasto.

Que a fs. 30 el señor Ministro de Seguridad presta conformidad.

Que en consecuencia, corresponde proceder al dictado del pertinente acto administrativo, designando a la persona antes mencionada como personal temporario, con una remuneración equivalente a la Categoría 18 del Escalafón General, en los términos de los artículos 40° y 43° de la Ley N° 5473.

Por ello; y de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 32 (Dictamen N° 3228 de fecha 27/11/2018).

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Desígnase a la señora Susana Gabriela PÉREZ SANTOS, D.N.I

N° 27.594.064, como Personal Temporario de la SECRETARÍA DE ESTADO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, en los términos de los artículos 40° y 43° de la Ley N° 5.473, con una remuneración equivalente a la Categoría 18 de la Administración Pública...

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