DECRETO 785 / 2017 DECRETO de 27 de Marzo de 2017
Fecha de Entrada en Vigor | 5 de Abril de 2017 |
Fecha de la disposición | 27 de Marzo de 2017 |
Número de Boletín | 28975 |
Fecha de Publicación | 4 de Abril de 2017 |
Número de documento | 59021 |
DECRETO N° 785/14 (SSC), del 27/03/2017.
EXPEDIENTE N° 41534/213-S-2015.-
VISTO, las presentes actuaciones por las cuales el Departamento General de Policía, eleva Proyecto de Modificación del Reglamento de Uniformes y Equipos para el Personal de la Policía de la Provincia de Tucumán; y
CONSIDERANDO:
Que se funda dicha modificación en que resulta necesario unificar el uniforme policial, ya que es conveniente fortalecer la imagen institucional a través de un aspecto renovado de sus miembros en términos de funcionalidad y seguridad, receptando las necesidades que la practica impone y que de esto resulta la modificación del reglamento vigente en aras de adaptarlo a la evolución institucional y cumpliendo con los estándares internacionales de seguridad ciudadana;
Que a fs. 21/46 obra acta para documentar la reunión de la Plana Mayor Policial donde se proponen una serie de modificaciones al proyecto original de fs. 3/18;
Que a fs. 51 se adjunta Resolución N° 2248/15 JPsp, que resuelve requerir al Poder Ejecutivo Provincial se apruebe la modificación total del Reglamento de Uniformes y Equipos de la Policía de Tucumán, aprobado mediante Decreto N° 2088/14 (SGyJ) de fecha 26/09/95;
Que se estima del caso proceder a su aprobación.
Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 55 Dictamen N° 2473 de fecha 29/10/2015,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
REGLAMENTO
DE UNIFORMES Y EQUIPOS DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN
(RUEPT)
NORMAS BÁSICAS
CONCEPTOS GENERALES
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Desempeñar los cargos de Jefe o Subjefe de Policía, perteneciente a la Institución como personal de carrera en actividad o en retiro. En ambos casos, el uso del uniforme es optativo.
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Hallarse de comisión fuera de la provincia.
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Hallarse adscripto a otras reparticiones.
-
Hallarse prestando servicio en dependencias (área de Investigaciones, Inteligencia Criminal, DIGEDROP) en que corresponda el uso de ropas civiles
-
Hallarse cumpliendo alguna misión en que corresponda el uso de ropas civiles.
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Los Oficiales Superiores y Jefes cuando deban atender sus despachos y las circunstancias así lo requieran, debiendo observar la mayor pulcritud y sobriedad en las prendas de uso civil.
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Hallarse enfermo o convaleciente, en situación que impidan usar el uniforme con la corrección y prestancia exigible;
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Hallarse en las situaciones de disponibilidad o pasiva;
-
Hallarse suspendido en sus funciones, por sanción de suspensión, o cumpliendo una medida preventiva de privación de libertad.
El uso del uniforme policial, por parte del personal retirado, queda limitado únicamente al Uniforme de Gala en las ceremonias oficiales en los días de fiestas patrias, día de la policía, y otras celebraciones trascendentes, conforme a las normas que determinará el Reglamento del ceremonial policial o cuando previamente lo autorice expresamente la Jefatura de Policía.
La inobservancia de esta medida dará lugar a la aplicación de las sanciones disciplinarias que en cada caso corresponda.
Queda absolutamente prohibido:
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Alterar de manera alguna las prendas del uniforme, o partes del equipo que estén reglamentados por el presente; ya sea cambiándoles el formato o haciéndole innovaciones no aprobadas por Jefatura de Policía.
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Usar visiblemente otras prendas que no sean las reglamentarias, cuando se esté uniformado.
-
La combinación de prendas del uniforme Policial de manera distinta a la dispuesta por esta reglamentación.
-
Usar escudos de gorras, insignias de grados, distintivos de solapas, emblemas y otros atributos de uniformes que correspondan a los uniformes del personal de las Fuerzas Armadas y/o de otras Fuerzas de Seguridad (policías extranjeras, nacionales, provinciales o municipales).
Para la confección de prendas de uniformes de suboficiales, se usara telas de la misma calidad que para los oficiales.
Al efecto se podrá usar un bolso según las características establecidas en el presente Reglamento.
Las patillas no deben exceder los dos (2) cm. de longitud; tiene que estar a la altura de la comisura de los ojos. Exceptúese al personal del área de Investigaciones, Inteligencia Criminal, DI.GE.DRO.P. Queda absolutamente prohibido todo otro tipo de corte que no se corresponda con la prestancia que debe expresar el uso del uniforme policial; es decir todos aquellos cortes llamados modernos, que presentan estilos desestructurados e informales, entre ellos los corte estilo cresta y los desmechados cortos.
Se prohíbe el uso de tinturas en tonos o colores diferentes de los naturales; solo podrán usar aros del tipo "perlitas", con sujeción a "clips", y su tamaño no sobrepasará del lóbulo de la oreja. El maquillaje será de colores tenues y sobrios, al igual que la pintura de uñas.
Cuando se esté usando algún uniforme policial, queda absolutamente prohibido:
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El uso de adornos tales como cadenas, colgantes, medallas, prendedores, auriculares, etc., aún debajo de las...
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