Decreto 323/2010

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 8 de Marzo de 2010

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11 iMPortaCiones 29/2010-MIT Certificado de Importación de Neumáticos. Resolución Nº 26/09 del ex Ministerio de Producción.

13 iMPuestos General 2792-AfIP Impuesto al Valor Agregado. Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias.

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General 2794-AfIP Impuesto a las Ganancias. Sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros, que practiquen balance comercial.Resolución General Nº 992,sus modificatorias y complementarias.

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CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 28

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado el mencionado préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Artículo 40 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), los Artículos 57 y 60 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, y la Ley Nº 26.519.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase el Modelo de Acuerdo de Otorgamiento de Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión AR-X1016, que consta de TRECE (13) secciones, a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), destinado a financiar programas individuales para cooperar con nuestro país en el apoyo al aumento de la competitividad y la integración económica y social del aparato productivo de las provincias intervinientes, mejorando la capacidad de gestión de las Direcciones Provinciales de Vialidad, promoviendo el desarrollo sostenible de las condiciones del transporte de cargas y pasajeros, buscando la sostenibilidad de las inversiones y contribuyendo a la reducción de accidentes, por hasta la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL QUINIENTOS MILLONES (U$S 2.500.000.000), cuya copia autenticada forma parte integrante de la presente medida como Anexo I.

Art. 2º

Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 2185/OC-AR a celebrarse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) por hasta la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTE MILLONES (U$S 120.000.000), destinado a financiar parcialmente el Primer Programa de Infraestructura Vial Productiva, que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) capítulos y VEINTIOCHO (28) cláusulas, de las Normas Generales integradas por NUEVE (9) capítulos y UN (1) Anexo Unico, cuya copia autenticada forma parte del presente decreto como Anexo II. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como Anexos III y IV, las versiones en idioma español de las 'Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)' y las 'Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)', ambas correspondientes a la edición del mes de julio de 2006.

Art. 3º

Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que él designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA el Acuerdo de Otorgamiento de Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión AR-X1016, conforme el modelo aprobado por el Artículo 1º del presente decreto.

Art. 4º

Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que él designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA el Contrato de Préstamo BID Nº 2185/OC-AR y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 2º del presente decreto.

Art. 5º

Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que él designe, a convenir y suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Acuerdo de Otorgamiento de Línea de Crédito Condicional para Proyectos de inversión ARX1016 y al Contrato de Préstamo BID Nº 2185/ OC-AR cuyos modelos se aprueban por los...

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