DECRETO 774 / 2021 DECRETO de 29 de Marzo de 2021

Fecha de Entrada en Vigor15 de Abril de 2021
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2021
Número de Boletín29957
Fecha de Publicación14 de Abril de 2021
Número de documento81261

DECRETO N° 774/3 (SH), del 29/03/2021.-

EXPEDIENTE N° 1/435-C-2017 y Ag.

VISTO el presente expediente mediante el cual se tramita el pago de las sumas calculadas por reintegro del Tope previsto en el Art. 9 de la ley N° 24.463, al Sr. Augusto Pedro Contreras, Jubilado transferido a la Nación por Ley N° 6.772, conforme a sentencia N° 206 del 27/04/16, obrante a fs. 39/42, dictada por la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo -Sala III-, recaída en el juicio: "Contreras, Augusto Pedro Vs. Provincia de Tucumán S/Contencioso Administrativo - Expte. N° 548/14", y

CONSIDERANDO:

Que la citada sentencia reconoce al actor el derecho a la movilidad y al reajuste de sus haberes previsionales, y condena a la provincia a liquidar y abonar las determinadas que no fueran pagadas por la ANSES o que resulten afectadas por aplicación del tope máximo del haber jubilatorio.

Que a fs. 118/119, la Unidad de Control Previsional adjunta planilla de liquidación por reintegro del Tope del Art. 9 de la Ley N° 24.463, en la suma de $67.054,99 por el período diciembre de 2019 a noviembre de 2020.

Que a fojas 123 y 126, Dirección de Auditoría de Fiscalía de Estado y Contaduría General de la Provincia se expiden verificando la rí3zonabilidad del monto y no presentando objeción a la liquidación practicada, respectivamente.

Por ello, atento a lo informado por Dirección General de Presupuesto a fs. 127 y 131; Y en mérito al Dictamen Fiscal N° 446 del 10 de marzo de 2021, adjunto a foja 129,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1° Dispónese el pago de la suma de PESOS SESENTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y CUATRO...

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