Decreto 248/2010

Fecha de la disposición18 de Febrero de 2010

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DISPOSICIONES aDMinistraCion FeDeral De ingresos PubliCos 45/2010-AFIP Designación de funcionarios para la realización de los procedimientos contemplados por el art.

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CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la notificación de la presente medida.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D.

Fernández. -- Amado Boudou.

CONDECORACIONES Decreto 247/2010

Otórgase la condecoración de la Orden del Libertador San Martín al señor Embajador de la República Dominicana.

Bs. As., 11/2/2010

VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.628 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por el que se creó la 'ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN', y CONSIDERANDO:

Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar al señor D. Rafael CALVENTI, Embajador de la REPUBLICA DOMINICANA en la República, quien se ha hecho acreedor al honor y al reconocimiento de la Nación.

Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el artículo 5º del Decreto Ley Nº 16.628 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por Ley Nº 14.467.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase el Acta del Consejo de la'ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN', suscripta el 25 de marzo de 2009, mediante la cual se acuerda la condecoración de la 'ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN', en el grado de GRAN CRUZ al señor D. Rafael CALVENTI,

Embajador de la REPUBLICA DOMINICANA en la República.

Art. 2º

Extiéndase el correspondiente diploma, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 13 de la Reglamentación de la 'ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN' aprobada por el Decreto Nº 16.643 del 18 de diciembre de 1957.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Jorge E. Taiana.

CONDECORACIONES Decreto 248/2010

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