DECRETO 754 / 2021 DECRETO de 26 de Marzo de 2021
Fecha de Entrada en Vigor | 14 de Abril de 2021 |
Fecha de la disposición | 26 de Marzo de 2021 |
Número de Boletín | 29956 |
Fecha de Publicación | 13 de Abril de 2021 |
Número de documento | 81244 |
DECRETO N° 754/1, del 26/03/2021.
VISTO, la Ley Nacional N° 25.603 y sus modificatorias (Rezago Aduanero), y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 5° de la Ley Nacional N° 25.603 y sus modificatorias, se dispone que cuando se trate de mercaderías que, como bienes finales o mediante su transformación, resulten aptas para el debido cumplimiento de las actividades asignadas a diversos organismos o reparticiones del Estado Nacional, provincial o municipal, el servicio aduanero previa constatación de la situación jurídica de la mercadería y de la obtención de su certificado de aptitud de uso cuando fuere necesario, las pondrá a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, con el fin de que sea aceptada para su utilización por la repartición u organismo que al efecto se determine, incluyendo a sus planes o programas aprobados por autoridad competente y organizaciones vinculadas a la ejecución de los mismos; previo cumplimiento de las formalidades descriptas en la reglamentación que oportunamente se dicte.
Que por el Artículo 13° de la citada Ley se establece que las mercaderías entregadas deberán afectarse a destinos y finalidades determinados en la donación, quedando terminantemente prohibida para los beneficiarios su comercialización por el término de cinco (5) años a partir de la recepción de las mismas.
Que nuestra Provincia solicitó la cesión sin cargo de quienes de rezago aduanero, en el marco de la Ley N° 25.603 y sus modificatorias, para ser destinados a los sectores más vulnerables de la población y/o para aquellas áreas del Gobierno Provincial directamente vinculadas con la promoción y la ayuda social.
Que mediante Decreto Acuerdo N° 8/1 del 4 de marzo de 2021 se creó la Secretaría de Estado de Vinculación con Organizaciones de la Sociedad Civil, con dependencia jerárquica, estructural y funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y cuyo objeto consiste en asistir al Poder Ejecutivo en la vinculación institucional con las organizaciones de la sociedad civil, para promover la capacidad asociativa y establecer una comunicación que permita potenciar las actividades que desarrollan las distintas organizacidnes, y ampliar el impacto del trabajo que realizan en la sociedad.
Que, teniendo en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba