Decreto 2228/2009

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición14 de Enero de 2010

Que mediante la Decisión Administrativa N° 1053 del 27 de diciembre de 2006, seautorizó, con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley N° 26.078, el descongelamiento de diversos cargos vacantes, teniendo vigencia dicha excepción para ese ejercicio fiscal y el siguiente, en los casos en que las vacantes descongeladas no hubieran podido ser cubiertas, por los correspondientes procesos de selección.

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley N° 26.422 de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, corresponde exceptuar al SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION de dicha restricción.

Que por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que el Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGALY TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 4/02.

Que se ha dado cumplimiento al requerimiento efectuado mediante la citada Circular.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos y 10º de la Ley N° 26.422 y conforme lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Exceptúase al SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, de la restricción contenida en el artículo 7º de la Ley N° 26.422, al solo efecto de posibilitar la cobertura de un cargo vacante, nivel C, grado 0, denominación: Profesional Psicólogo del Agrupamiento General, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto N° 2098/08.

Art. 2º

Desígnase, en la planta permanente del citado SERVICIO NACIONAL, a la Lic. María José SUAREZ, DNI N° 21.645.692, en el cargo Nivel C, Grado 0, denominación: Profesional Psicólogo, del Agrupamiento General, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto N° 2098/08.

Art. 3º

La nombrada deberá asumir el cargo, dentro de los TREINTA (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación del presente Decreto. De no verificarse tal circunstancia o de cesar en sus funciones por cualquier causa, se procederá conforme lo previsto por el Artículo 48 del Anexo del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto N° 2098/08.

Art. 4º

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ARTICULO 1º, será imputado con cargo a las partidas específicas habilitadas a tal efecto.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D.

Fernández. -- Juan L. Manzur.

MINISTERIO DE SALUD Decreto 2235/2009

Dase por aprobada una designación en el Servicio Nacional de Rehabilitación.

Bs. As., 28/12/2009

VISTOelexpedienteNº1-2002-4300005324/09-2 del registro del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Nro. 26.422, los Decretos Nros. 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), 491 del 12 de marzo de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 1053 de fecha 27 de diciembre de 2006, la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 481 del 7 de octubre de 1994, y CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), se aprobó el cuerpo normativo que constituyó el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SINAPA), disponiendo que el ingreso de los agentes a los organismos de la Administración Pública Nacional regido por el mismo, debía efectuarse sobre la base de un procedimiento objetivo de selección.

Que la Resolución Nº 481 del 7 de octubre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA aprobó el procedimiento para los procesos de selección de personal para la cobertura de vacantes comprendidas en el Capítulo II, Título III del Anexo I del Decreto Nº 993/91 --t.o. 1995-- y modificatorios.

Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en los cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO, NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por Disposición Nº 400 del 3 de abril de 2007 del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, se dispuso la convocatoria al proceso de selección para la cobertura de los cargos vacantes descongelados.

Que mediante la Disposición Nº 1749 del 10 de octubre de 2007, emanada del citado Organismo, se aprobó el orden de mérito definitivo.

Que vencido el plazo legal para la presentación de recursos administrativos, no se registra la interposición de impugnación alguna.

Que encontrándose firme el acto administrativo que aprobara el orden de mérito definitivo, procede designar en el cargo vacante correspondiente al Sr. Matías Javier LAARO DNI Nº 29.905.440, en el cargo Nivel D, Grado 0, denominación: Asistente Administrativo del Agrupamiento General, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08.

Art. 3º

El nombrado deberá asumir el cargo, dentro de los TREINTA (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación del presente Decreto. De no verificarse tal circunstancia o de cesar en sus funciones por cualquier causa, se procederá conforme lo previsto por el Artículo 48 del Anexo del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08.

Art. 4º

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ARTICULO 1º, será imputado con cargo a las partidas específicas habilitadas a tal efecto.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D.

Fernández. -- Juan L. Manzur.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 2228/2009

Dase por prorrogada una designación en la Subsecretaría de Comunicación y Contenidos de Difusión de la Secretaría de Medios de Comunicación.

Bs. As., 28/12/2009

VISTO el expediente Nº 801/2009 del registro de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE...

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