Decreto 6/2010

Fecha de la disposición 6 de Enero de 2010

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 6/2010

Homológase el Acta Acuerdo de la comisión Negociadora del convenio colectivo de Trabajo Sectorial correspondiente al Personal Embarcado de la Dirección Nacional de Vías Navegables.

Bs. As., 5/1/2010

VISTO el Expediente Nº 1.360.895/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006, el Acta Acuerdo del 3 de noviembre de 2009 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial correspondiente al Personal Embarcado de la Dirección Nacional de Vías Navegables (Decreto Nº 2606 del 30 de septiembre de 1983 y sus modificatorios), y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 24.185 se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la Ley Nº 24.185 y por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214/06, se ha constituido la Comisión Negociadora Sectorial correspondiente al Personal Embarcado de la Dirección Nacional de Vías Navegables (Decreto Nº 2606 del 30 de septiembre de 1983 y sus modificatorios).

Que, las partes, en el marco previsto por el artículo 6º de la Ley Nº 24.185, reglamentado por el artículo 5º del Decreto Nº 447/93 y normas complementarias, concertaron la habilitación de nuevas modalidades de trabajo, sus condiciones e integración del régimen retributivo del personal comprendido en dicho Cuerpo, concretado a través del Acta Acuerdo de fecha 3 de noviembre de 2009 y sus Anexos I y II, de la referida Comisión Negociadora Sectorial.

Que en tal contexto acordaron la sustitución, a partir de la puesta operativa del régimen y vigencia del acuerdo, de las previsiones del Decreto Nº 2606/83 y sus modificatorios y de toda cláusula, norma, acta acuerdo, decisión o disposición que se opongan a los aspectos laborales, operativos y salariales pactados.

Que el mencionado Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la Ley Nº 24.185.

Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los artículos 79, segundo párrafo y...

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